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Autor: AB Loyalty

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Firma electrónica avanzada

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La e.firma puede ser utilizada para signar una denuncia hecha por medios electrónicos en el MP virtual, mecanismo de la Fiscalía General de Justicia encargado de recibir denuncias de forma remota.

En México se aprobó desde el 2012 el uso de la Firma Electrónica Avanzada o e.firma en asuntos administrativos y de orden judicial. Lo establece bien el Código Civil Federal en el artículo 1803 que señala lo siguiente:

Será expreso cuando la voluntad se manifiesta verbalmente, por escrito, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología, o por signos inequívocos, y el tácito resultará de hechos o de actos que lo presupongan o que autoricen a presumirlo.

Bajo este precepto la firma electrónica se puede utilizar sin problema en:

  • Contratación y compra de productos y servicios
  • Notificaciones comerciales, corporativas, médicas
  • Decisiones judiciales y otros procesos relacionados

Este último punto es tal vez uno de los más relevantes, ya que la e.firma puede ser utilizada para signar una denuncia hecha por medios electrónicos en el MP virtual, mecanismo de la Fiscalía General de Justicia encargado de recibir denuncias de forma remota.

¿Cómo obtenerla?

La e.firma se tramita ante Servicio de Administración Tributaria (SAT), algunos de los requisitos son:

Unidad memoria USB

  • Correo electrónico personal al que el contribuyente tenga acceso.
  • Forma oficial FE Solicitud de Certificado de e.firma.
  • Contar con Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • En el caso de los contribuyentes que hayan obtenido su RFC a través del portal del SAT con su CURP, deberán presentan original del comprobante de domicilio fiscal; tratándose de personas físicas que se encuentren en el régimen de sueldos y salarios, se podrá aceptar la credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral para acreditar su domicilio, siempre y cuando este sea visible en dicho documento.

Recomiendo visitar la página ya que la memoria USB debe llevar un archivo descargable desde uno de las herramientas del SAT.

Una vez que el trámite se ha hecho, recibirás dos archivos que contienen:

  1. El archivo de Certificado con extensión .cer. Este archivo contiene información, tal como razón social y RFC del contribuyente, así como vigencia de la misma.
  2. El segundo archivo se describe como archivo de llave privada y lo puede identificar por su extensión .key. Este archivo contiene un componente denominado “llave privada”, esta llave está además protegida con contraseña: La contraseña de su e.firma.

Con la e.firma ya que no tendrás que trasladarte para firmas un documento, cerrar una compra o incluso, si de un problema legal se tratase, no tendrías que hacer fila en un juzgado o MP para realizar una denuncia.

Ventajas de tener la firma electrónica

El ahorro de tiempo es tal vez la mayor ventaja que tiene, ya que no tendrás que trasladarte para firmas un documento, cerrar una compra o incluso, si de un problema legal se tratase, no tendrías que hacer fila en un juzgado o MP para realizar una denuncia.

Ahorran mucho espacio, ya que los documentos electrónicos se pueden almacenar en servidores o duros y ser muy fáciles de encontrar. En grandes rasgos, agilizan todos tipo de trámites.

Así mismo al ser un documento emitido por una autoridad y al ser utilizada en diversos actos públicos y/o privados, estos harán prueba plena en caso de ser exhibidos como medio probatorio en algún procedimiento judicial.

Agradezco a Contacta Abogado® por el espacio, espero este artículo sea de utilidad para todas aquellas personas que lo consulten. Quedo a las órdenes de las mismas para asesorías en mi perfil de esta plataforma.







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