Me pueden demandar si regaño a un niño de otra persona, pero ellos me amenazaron de muerte?
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Erick Israel Irigoyen Infante
26 julio 2021
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depende del sentido del regaño, en cuanto a las amenazas debes indicar de que entidad federativa te comunicas pues no en todas las legislaciones se sancionan, quedo a tus ordenes al 5511213074 Lic. Juan Olvera.
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Juan Olvera Hernández
27 marzo 2020
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Hola Maira, pues eso depende del daño que provoque el regaño obviamente denunciado por sus padres y con relación a la amenaza, pues ya deberías haber actuado en su momento pero eso requiere de una charla que aporte mayor información, si gustas búscame en el 782 112 5647 Lic. Armas
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Armas & Asociados
26 junio 2020
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Saludos.! La situación es el grado de regaño, como le dio el regaño Usted al niño, que palabras utilizo o la forma en que lo hizo, ejemplo gritos o malas palabras, y desde luego cual fue el motivo del regaño, ejemplo, si le rompió una ventana o lanzo piedras o tuvo una mala actitud el niño para con Usted; ahora bien, en lo que corresponde a que la amenazaron de muerte, es motivo de una denuncia de hechos ante el Ministerio Público, para dejar la constancia de que existió esa amenaza y que fue lo que la provocó, para el caso de que suceda algo, tenga Usted ese antecedente. Quedo a sus órdenes.!
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David Mondragón Ortega
30 diciembre 2020
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