Obligaciones alimentarias para adultos mayores

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Así como un niño tiene el derecho de no renunciar a la exigencia de que su padre le dé una pensión alimentaria, el padre tampoco puede renunciar a ser atendido por sus hijos o familia hasta el cuarto grado de consanguinidad.

Los adultos mayores de 60 años tienen el derecho a pedir pensión alimenticia a cualquier miembro de su familia, ya que ellos tienen la obligación de velar por su bienestar, según la Mtra. Yadira Ahumada, Coordinadora del Centro de Asesoría Legal de CETYS de Tijuana, Baja California.

¿Qué dice la ley de las pensiones alimenticias para adultos mayores?

Así como un niño tiene el derecho de no renunciar a la exigencia de que su padre le dé una pensión alimentaria, el padre tampoco puede renunciar a ser atendido por sus hijos o familia hasta el cuarto grado de consanguinidad, así lo explicó María Olga Sánchez Pérez, Titular del Departamento de Asesoría Jurídica del Inapam.

Cada caso es diferente de llevarlo a juicio, por lo regular el juez determina un 20% del ingreso de los hijos y, en caso de demanda, se debe considerar a todos los vástagos. La obligación también abarca a los hijos, nietos o sobrinos.

¿Qué dice la ley? El que incumpla con su obligación de dar alimentos a las personas que tienen derecho a recibirlos, puede ser castigado con tres a cinco años de prisión y de cien a cuatrocientos días de multa, suspensión o pérdida de los derechos de familia. De exceder los 90 días de adeudo, el juez ordenará al Registro Civil el ingreso de los datos del sentenciado en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Desde su perspectiva, el juez Quinto Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX), Miguel Morales Monter, dijo que los alimentos son un derecho exigible por parte de los adultos mayores, que deriva de una obligación recíproca. De tener más de un hijo, es obligación del juez repartir la obligación alimentaria en partes equitativas conforme a las posibilidades de cada uno.

La única forma en la que no procede la pensión alimenticia es si el adulto mayor cuenta con los recursos suficientes para solventar su manutención.

De acuerdo con el Gobierno de México, la pensión bienestar busca asegurar a los adultos mayores un ingreso que reconozca todo su esfuerzo y empeño en la construcción de este país.

Como se mencionó anteriormente, cada caso es distinto: requiere de seguimiento y decisión de un juez, el cual determinará las cantidades proporcionales de cada hijo. Para solicitarlo, los interesados pueden acercarse al Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, en la parte de la Oficialía de Partes, donde se atienden servicios centralizados y despachos de demandas, promociones, recursos de reclamación y recurso de apelación, entre otros.

Por otro lado, en la Gaceta Parlamentaria, Número 4263-X publicada en 2015, en el artículo 323 Bis de los Códigos Civil Federal y Penal Federal, se establece que toda persona que tenga conocimiento sobre la necesidad de otro de recibir alimentos y pueda aportar los datos de quienes estén obligados a proporcionarlos, podrá acudir ante el Ministerio Público, para comenzar a denunciar dicho caso.

Si quieres conocer más sobre las pensiones, te invitamos a leer nuestro artículo: Conoce los cinco tipos de pensiones del IMSS.

La pensión bienestar de los adultos mayores

De acuerdo con el Gobierno de México, esta pensión busca asegurar a los adultos mayores un ingreso que reconozca todo su esfuerzo y empeño en la construcción de este país. Su objetivo es contribuir al bienestar de los adultos mayores a través de la entrega de una pensión no contributiva que ayude a mejorar sus condiciones de vida y que permita su acceso a la protección social.

El programa atiende a todos los adultos mayores de 68 años del país y a los mayores de 65 años que viven en los municipios integrantes de pueblos indígenas. Asimismo, es importante mencionar que la pensión consiste en un apoyo económico de $2,550 pesos cada dos meses.

Este programa brinda atención ciudadana en el teléfono: 01 800 077 3705, y a través del correo electrónico: demandasocial@bienestar.gob.mx.

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Fuentes:

Alimentos, derecho exigible por parte de adultos mayores a hijos, explica juez

Pensión alimentaria, un derecho de los adultos mayores

Ley que establece el derecho a la pensión alimentaria para los adultos mayores de sesenta y ocho años, residentes en la Ciudad de México

Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores



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