imagen de perfil

Autor: Esp. Ricardo Melo Flores

Ver perfil

icono

Sede no definida

Derecho mercantil

Amparo

Derecho civil

Ver más áreas

5.0 Estrellas

4 Opiniones

Juicio de designación de beneficiarios (o procedimiento)

imagen del articulo

Un juicio de designación de beneficiarios lo pueden iniciar ya sea la esposa, hijos, padres, concubina, etc., de un trabajador fallecido. El juicio se debe interponer ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.

Un tema que desafortunadamente se hizo bastante recurrente durante esta pandemia, es la incertidumbre que muchas personas dejaron en sus familias al fallecer sin dejar sentado quién será el beneficiario de sus prestaciones laborales.

Un juicio de designación de beneficiarios lo pueden iniciar ya sea la esposa, hijos, padres, concubina, etc., de un trabajador fallecido. El juicio se debe interponer ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.

¿Qué dice la ley sobre los beneficiarios?

Para ser más específicos en cuanto a los beneficiarios que pueden reclamar ya sea SAR, AFORE e INFONAVIT, el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo (LFT):

La viuda, o el viudo,

  • Los hijos menores de dieciséis años y los mayores de esta edad si tienen una incapacidad de cincuenta por ciento o más;
  • Los ascendientes concurrirán con las personas mencionadas en la fracción anterior, a menos que se pruebe que no dependían económicamente del trabajador;
  • A falta de cónyuge supérstite, concurrirá con las personas señaladas en las dos fracciones anteriores, la persona con quien el trabajador vivió como si fuera su cónyuge durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte, o con la que tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.
  • A falta de cónyuge supérstite, hijos y ascendientes, las personas que dependían económicamente del trabajador concurrirán con la persona que reúna los requisitos señalados en la fracción anterior, en la proporción en que cada una dependía de él; y
  • A falta de las personas mencionadas en las fracciones anteriores, el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Las prestaciones y beneficios que un trabajador recibe de su seguro social y empleo, son importantes para apoyar a su familia en caso de sufrir un desafortunado evento como lo es el deceso.

Prestaciones que se pueden reclamar

Existen varias prestaciones que se pueden solicitar entre las que se encuentran las laborales, las cuales deben ser cubiertas por la última empresa donde laboró el trabajador fallecido, y otras deben ser cubiertas por el IMSS, ISSSTE, INFONAVIT o Afore a la que el trabajador haya estado afiliado.

Prestaciones que debe cubrir la empresa:

  • Vacaciones y prima vacacional en caso haberlas generado
  • Aguinaldo
  • El pago de los salarios devengados y no cubiertos
  • El pago de la Prima de Antigüedad de conformidad con lo que marca el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo
  • Fondo de Ahorro, Seguro de Vida, Estímulos de puntualidad y Asistencia, etc., en caso de haber sido generados y estar estipulados en su contrato
  • Para el pago de dichas prestaciones de conformidad con el artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo, los beneficiarios contaran con el término de 1 año a partir de la fecha en que falleció el trabajador para poderlas reclamar

El INFONAVIT es responsable de:

  • Si el extinto trabajador generó el Fondo de ahorro en el periodo de 1972 a 1992, y no lo solicito los beneficiarios tendrán el derecho a solicitar el pago, para poder realizarlo se cuenta con el término de 5 años contados a partir de la fecha en que falleció el extinto trabajador.
  • Si el extinto trabajador obtuvo crédito de vivienda, podrán sus beneficiarios solicitar la liberación del crédito y cancelación de la hipoteca.

El IMSS puede otorgar:

  • Ayuda para gastos funerarios
  • Pensión por viudez, la pueden obtener esposa o concubina
  • Pensión por orfandad
  • Pensión de ascendentes

Las prestaciones y beneficios que un trabajador recibe de su seguro social y empleo, son importantes para apoyar a su familia en caso de sufrir un desafortunado evento como lo es el deceso. Si necesita asesoría legal en materia laboral, me encuentro a sus órdenes en la plataforma Contacta Abogado®. Agradezco el espacio para difundir esta importante información.


Fuentes:

Ley Federal del Trabajo








icono like
17 Me gusta

Derecho laboral

abogados especializados

abogados laborales

pensiones

Compartir

Compartir