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Los derechos de autor de los símbolos patrios

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El Estado Mexicano es el titular de los derechos morales sobre los símbolos patrios. Estos están conformados por Bandera, Himno y Escudo Nacionales.

La bandera, el escudo y el himno, representan los valores y la historia de los pueblos. Los cuales, sumados a las costumbres y tradiciones, van creando un sentido de pertenencia a la nación y contribuyen para consolidar nuestra identidad.

El Estado Mexicano es el titular de los derechos morales sobre los símbolos patrios. Estos están conformados por Bandera, Himno y Escudo Nacionales. Estos símbolos se encuentran sujetos al derecho de autor, pero bajo un régimen especial en donde la Ley Federal del Derecho de Autor expresamente en su artículo 155 considera que la titularidad de los derechos morales de dichos símbolos corresponde al Estado Mexicano.

Conocido esto también debe atenderse la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, misma que regula sus características y difusión, así como el uso del Escudo y de la Bandera, los honores a esta última y la ejecución del Himno Nacional.

Escudo

El Escudo nacional está posicionado en el centro de la franja blanca de la bandera y está inspirado en la leyenda Azteca sobre la Fundación de México-Tenochtitlan.

El actual diseño del Escudo Nacional fue creado por Francisco Eppens Helguera en 1968, mismo año en que el presidente Gustavo Díaz Ordaz expide una ley en la que se especifican las características del mismo

Toda reproducción del Escudo Nacional deberá corresponder fielmente al modelo a que se refiere la Ley, y no podrá modificarse.

Francisco González Bocanegra y Jaime Nunó, son reconocidos como autores de la letra y de la música respectivamente, aspecto moral del derecho de autor que es de carácter irrenunciable.

La bandera nacional

La modificación definitiva que sufrió nuestra Bandera fue en 1968, y fue a uno de sus elementos; el Escudo Nacional. Este fue rediseñado por Francisco Eppens, quien agregó componentes de origen prehispánico como el nopal con las tunas rojas. Consiste en un rectángulo dividido en tres franjas verticales de medidas idénticas, con los colores en el siguiente orden a partir de la asta: verde, blanco y rojo.

El Himno Nacional

El himno nacional comenzó a utilizarse como tal desde 1854 y se oficializó en 1943 tras un decreto del entonces presidente Manuel Ávila Camacho.

Francisco González Bocanegra y Jaime Nunó, son reconocidos como autores de la letra y de la música respectivamente, aspecto moral del derecho de autor que es de carácter irrenunciable.

El canto, ejecución, reproducción y circulación del Himno Nacional, se apegarán a la letra y música de la versión establecida en la Ley que mencionamos. Es decir que se prohíbe cantar o ejecutar el Himno Nacional con fines de publicidad comercial o de índole semejante.

Así es como la reproducción, exhibición o interpretación de los mencionados símbolos patrios queda sujeta a la autorización de los entes gubernamentales respectivos.

Quedo a sus órdenes en la plataforma de Contacta Abogado®, agradezco el espacio para hablar sobre este tema tan importante.



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