Hace 3 semanas fui víctima de fraude por alguien que ofrece servicios de acompañante Según,el artículo 24, fracción VII de la Ley de Cultura Cívica establece que practicar o solicitar prostitución puede llegar a ser una falta administrativa si se perturba el orden público. Sin embargo, sólo puede haber una falta administrativa si un ciudadano presenta una queja formal. ¿Por mi parte no habría ningún problema o multa al denunciar si no fue en público, sino que los acuerdos y pagos se realizaron en línea?