¿Que tiene que ver la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje en el trámite de pensión de Viudez por Concubinato?

Derecho familiar

Buen día. Agradeciendo de antemano sus finas atenciones, expongo: En el "FORMATO ÚNICO DE REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE PENSIÓN POR VIUDEZ" expedido por las "SUBCOMISIONES MIXTAS DE JUBILACIONES Y PENSIONES PARA TRABAJADORES DEL IMSS" refiere que "En caso de concubinato, en sustitución al acta de matrimonio, se deberá presentar: Copia certificada y dos copias simples de la Declaración como único (a) y legítimo (a) beneficiario (a) de la pensión de viudez por concubinato, que deberá ser promovido ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje." (JFCA). Desconozco quien hace esa declaración y porque se debe promover ésta declaración ante la JFCA. Reiterando mi agradecimiento por su respuesta y ayuda, quedo al tanto.

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BUENOS DÍAS, a sus comentarios le señalo que debe de DEMANDAR EL RECONOCIMIENTO DEL CONCUBINATO, puede ser ante la JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, como ante un JUEZ DE LO FAMILIAR, dado que el primero es porque la persona fue un trabajador; y en segundo, porque lo requerirá para poder ABRIR LA SUCESIÓN IN TESTAMENTARIA del finado, quien se presume como su concubino por el tiempo que vivió con él bajo el mismo techo y que termino dicha relación y/o unión por LA MUERTE. Sin otro particular. Quedo a sus órdenes al 551663-9494. Saludos Cordiales. Licenciada Juárez.

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María Teresa Juárez Muñiz

07 julio 2020

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Así es, debe hacer el trámite ante la junta, así está establecido en la Ley Federal del Trabajo. 9513081483

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Sofía Chávez Gómez

20 marzo 2020

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Pedro Carrasco Gutiérrez de Lara

28 junio 2021

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Buenas tardes. Es un Juicio Paraprocesal que solo se tramita ante la Junta Federal de Conciliación de Arbitraje, para este caso en concreto, ya que necesita un Reconocimiento de Beneficiario. Estamos a sus ordenes en los teléfonos (322) 2213831, 5574805404

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Mauricio Rodríguez Borrego

31 marzo 2021

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