Consulta sobre pago que corresponde al renunciar a un trabajo donde estuve poco más de 21 años

Derecho laboral

Muy buenas noches, mi pregunta es: estoy renunciando a mi actual trabajo donde estube laborando por poco más de 21 años. En la busqueda de la ley encontré que "Si renuncias voluntariamente te corresponde el pago de las partes proporcionales de: Aguinaldo. Vacaciones y prima vacacional. Prima de antigüedad (siempre y cuando se tengan, por lo menos, 15 años de antigüedad). Prestaciones que estuvieran vigentes en tu contrato de trabajo o en las condiciones laborales que regulan tu relación con la empresa o patrón." Mi duda es si efectivamente aplica esto de la PRIMA DE LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD pues dice que se requiere minimo de 15 años. Cumpliría con ese requisito, pero para saber si es real y como aplica o se calcula

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Buenos días Verónica Espero que te encuentres bien, en atención a tu apreciable pregunta, te comentamos lo siguiente: La prima de antigüedad se paga independientemente de si renuncias o eres despedido. Nosotros somos especialistas en ese tipo de asuntos, te sugerimos agendes una cita al 5517053543 con nuestro Director Jurídico el Lic. Juan Carlos Corte, quien te ayudara a entrar la mejor solución jurídica para tu caso. No lo dudes, llámanos estamos a tus órdenes. Saludos

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Corte Abogados

30 Agosto 2021

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Gracias por contactar. Si está usted en Querétaro comuníquese con nosotros al celular 442 753 2776 y un asesor lo atenderá a la brevedad.

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Pedro Carrasco Gutiérrez de Lara

28 Junio 2021

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Buenas noches, a partir de los 15 años le corresponde el pago de una prima de antigüedad por cada año de servicio prestado. Licenciado Jose Martin Cantu Montoya. 844-290-4146

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José Martín Cantú Montoya

27 Abril 2021

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Hola Verónica, en efecto aplica la prima de antigüedad, en Acosta y Ramirez abogados tenemos a los especialistas para atender tú situación, para recibir una asesoría completa y correcta puedes comunicarte al 55 36 98 74 92

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Acosta y Ramírez Abogados

08 Julio 2020

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Buenas noches, efectivamente si un trabajador tiene más de 15 años laborando, le corresponde la prima de antigüedad, aunque este renuncia a su trabajo. Para mayor información comunícate al 5518006701

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Miguel Angel Muñoz Pérezvargas

12 Abril 2021

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Hola Verónica, efectivamente es viable ese pago obvio cumpliendo los requisitos que al parecer tu los tienes lo ideal seria te liquidaran, pero bueno si requieres una Asesoria Personal comunícate conmigo al 782 112 5647 y/o 811 077 6928 Lic. Ramón Armas Aguilar

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Armas & Asociados

26 Junio 2020

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