BUENAS NOCHES, a sus comentarios le señaló que sus sobrinos al no tenerlas consigo deben de pedirle al Juez que las solicité al Registro Público de la Propiedad para acreditar su existencia o en su defecto al Archivo General de Notarias.
Ahora bien, si usted quiere apoyarlos puede proporcionárselas. Pero mientras no se determine ni se dicte sentencia en relación a la propiedad, usted puede seguir gozando de ella.
}
Sin otro particular, sigo a sus órdenes y en caso de requerir de mis servicios, puede contactarme al 551663-9494. Saludos Cordiales. Licenciada Juárez.