Demanda al Registro Civil para impugnar una legitimación de hijo

Derecho familiar

Se puede demandar al Registro Civil de la CDMX por un registro de nacimiento extemporáneo que hoy en día en nos está afectando en una sucesión intestámentaria a mi hermana y un servidor y que todo fue propiciado por un reconocimiento de entroncamiento con nuestro finado padre a través de la figura de posesión de estado de hijo de un medio hermano que solo es hijo biológico de nuestra madre pero no de nuestro padre, de lo anterior se promovió el juicio de desconocimiento de parentesco entre un servidor y el medio hermano ( ADN) el cual resulto negativo la existencia de parentesco pero el juez oral de lo familiar que conocio del caso solo confirmo que el medio hermano tenia la posesión de estado de hijo , esta resolucion se apelo e incluso de llego al amparo , pero es en esta instancia donde el magistrado cambia la resolución del juez oral de los familiar por la Legitimación del medio hermano, cabe señalar que el registro de nacimiento del medio hermano fue extemporáneo a los 4 años 4 meses de su nacimiento y que solo compareció mi madre a registrarlo a los 4 meses posteriores a su matrimonio con mi padre y de ahi es donde el juez que conoce el amparo indica que esta consintiendo y reconociendo al medio hermano. En este sentido y cómo inicie la pregunta es si existe la posibilidad de demandar al Registro Civil para que presente el apéndice del registro de nacimiento del medio hermano y se pueda comprobar que en el obre consentimiento expreso de mi padre como lo señala el Reglamento del Registro Civil y en caso afirmativo se puede revertir la situación en la sucesión intestamentaria de la cual para colmo el medio hermano removio ( amañadamente ) a mi hermana que figuraba como albacea inicial en la sucesion. Agradezco anticipadamente la atención que le puedan dar a mi consulta y me reitero a sus apreciables órdenes para cualquier duda comentario al respecto saludos cordiales

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Buenas tardes, es muy importante conocer a detalle algunos aspectos de documentales del procedimiento para poder determinar la procedencia de su pretensión con relación al registro civil. quedamos a sus ordenes. contacto@vel-vas.com.mx

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Velázquez Vasconcelos S.C.

11 Mayo 2020

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Gracias por contactar. Comuníquese con nosotros al celular 442 753 2776 y un asesor lo atenderá a la brevedad.

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Pedro Carrasco Gutiérrez de Lara

28 Junio 2021

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BUENAS NOCHES, a sus comentarios le señalo que debe actuar con mesura y cautela, ya que su asunto está entrampado y para ello, usted debe de realizar varios trámites para obtener que el medio hermano no fue reconocido por el padre, sino únicamente por la madre. Por consiguiente, primero debe de hacer: 1. Requiera, mediante Jurisdicción Voluntaria al Registro Civil de esta Ciudad, copia certificada del Registro del Libro donde descansa el Acta de Nacimiento del medio hermano.¿, como la resumida. 2. Posteriormente, mediante Jurisdicción Voluntaria debe de requerir al IMSS/ISSSTE las Constancias de Alumbramiento que precedieron entre ciertos años, como los subsecuentes a los cinco años posteriores al nacimiento del medio hermano en comento, donde haga mención el nombre completo de su progenitora (madre). 3. Una vez que tenga dichas constancias, deberá de DEMANDAR LA EXCLUSIÓN DEL HEREDERO, donde deberá de acreditar que el medio hermano, no es hijo biológico de su finado padre (DE CUJUS) y que tampoco, hubo reconocimiento alguno cuando éste NO firmó el Libro, ni el Acta de Nacimiento. Ahora bien, en relación a que el Registro Civil se ha negado a exhibirle su requerimiento, presumo que usted no lo ha hecho de la manera correcta, dado que cuando se ha requerido a la instancia administrativa y se niega dicho servicio; entonces, usted debe acudir a la intervención de una autoridad superior, como lo es el Juez. En relación a la REMOCIÓN DE SU HERMANA como Albacea, es necesario revisar las razones que hace valer el medio hermano para que ésta sea removida y/o en su defecto, defender la postura que ésta deba continuar con el cargo. Sin otro particular. Quedo a sus órdenes al 551663-9494. Saludos Cordiales. Licenciada Juárez. 3. Asimismo, busque entre los documentos de su señor

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María Teresa Juárez Muñiz

07 Julio 2020

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