BUENAS NOCHES, a sus comentarios le contesto a su primer cuestionamiento. NO, la segunda divorciante de su ex cónyuge, no puede despojarla ni quitarle dichos derechos, los cuales están sostenidos de un Convenio Judicial y pasado a una Escritura Pública que se traslado el dominio (propiedad) de la cosa (inmueble) a su nombre. En relación a su segundo cuestionamiento, le reitero, NO puede ser despojada ni quitarle los derechos adquiridos en el tiempo por esta señora incómoda.
Lo que debe de hacer es LEVANTARLE UNA DENUNCIA DE HECHOS por el delito de AMENAZAS y requerirle al MP que conozca de su asunto, una Orden de Restricción contra dicha persona.
Ahora bien, si la presunta ex cónyuge incómoda continúa con sus pretensiones de demandarle derecho alguno, le señalo que dicha señora no sólo perderá tiempo y dinero, sino usted puede no sólo contestar su presumible demanda, sino contravenirle, lo que se conoce como DAÑO MORAL y DAÑOS Y PERJUICIOS. Pero, eso presumo que quedará como una presunción para que se aleje de su ex cónyuge.
Sin otro particular. Quedo a sus órdenes al 551663-9494. Saludos Cordiales. Licenciada Juárez.