BUENAS NOCHES, a sus comentarios le señalo que quien determina el monto a pagar es el Juez que conozca de su asunto, para ello es importante que cuente con Constancia Médica membretada y certificada, la cual avale las condiciones mentales de su hijo. Aunado a ello, como es mayor de edad, debe de DEMANDAR LA TUTORÍA Y ESTADO DE INTERDICCIÓN, ya que su incapacidad le impide valerse por sí mismo, prueba que deberá acreditar para estar en posibilidades de DEMANDARLE al padre el DERECHO DE RECIBIR ALIMENTOS "DE POR VIDA".
En relación a los otros menores, debe acreditar sus estudios y alimentos para obtener LA PENSIÓN ALIMENTICIA y que el Juez que conozca de su asunto pueda determinar el monto y/o porcentaje a cobrar mensualmente.
Es preciso advertir, que suele el Juez imponer un porcentaje del 15% por cada menor a un 20% ó más.
Respecto a usted, una vez que acredite que su hijo es incapaz y padece una enfermedad que le impide valerse por sí mismo y que usted requiere atenderlo las 24 horas; el Juez la incluirá para obtener ese DERECHO.
Sin otro particular. Quedo a sus órdenes al 551663-9494. Saludos Cordiales. Licenciada Juárez.