Divorcio

Derecho familiar

Que tal. Quisiera asesoría para realizar el divorcio por favor. Investigué y tengo dos opciones: de común acuerdo y que yo lo promueva. Mi matrimonio cumple 10 años en julio, tenemos una hija de casi 6 años. Yo dejé de trabajar profesionalmente en cuanto terminó mi incapacidad para estar al cuidado de mi hija al 100%. En 2019 regresé a trabajar pero solo fueron 6 meses, a la fecha sigo desempleada. Nos casamos por bienes separados. Vivimos en el departamento que es propiedad de mi esposo ya que ha liquidado su crédito Fovissste. Por el momento yo soy quien cambiará de domicilio con mi hija en lo que se promueve legalmente el divorcio. Cómo procede el divorcio de común acuerdo? Y en caso de que yo sea quién promueva como procede? Y también tengo dudas sobre la guarda y custodia de mi hija y sobre la pensión alimenticia. Gracias.

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BUENAS NOCHES, a sus comentarios le señaló en relación al DIVORCIO por Mutuo Acuerdo. Éste se promueve ante Juez de lo Familiar, donde ambos prueben al mismo tiempo su deseo de disolver el vínculo matrimonial que los une. El Juez analiza la demanda par fijar 3 audiencias. Una para intenatr una reconciliación y en caso de negarse; llamada a otra audiencia donde se manifiesta sus deseos de divorcio y procura proteger a la menor, ya que debe existir un Convenio en relación a los bienes y a los derechos de la menor. La siguiente Audiencia es para dictar sentencia y fijarse en qué términos y cómo se deben seguir. Para ello, antes de proceder a la demanda, deben de CONVENIR con su aún cónyuge, como se repartirán los bienes, que si bien es cierto, existe un departamento, el cual fue pagado por el Crédito Hipotecario del FOVISSSTE por su aún cónyuge, también es cierto que se realizó dicho crédito dentro del Matrimonio Civil en cuestión. Asimismo, que ustedes contrajeron nupcias por el Régimen de Separación de Bienes, también es cierto, que la ley le favorece con un 25% de ese departamento en cuestión, por haber nacido dentro de ese matrimonio. En relación a la MENOR, es importante requerir una PENSIÓN ALIMENTICIA, lo bastante y suficiente para cubrir sus necesidades; así como, solicitar la provisional y definitiva; dentro de ello, solicitar una garantía que equipare por lo menos UN año de la pensión por si, el padre deja de cubrir el monto que el Juez señale como Pensión Alimenticia para la Menor, así como, se le otorgue el Derecho a la Salud o exhiba una Póliza de Seguros de Gastos Mayores, la cual se deba pagar cada año hasta que ella terminé una carrera profesional; es decir, hasta los 26 años de edad. Asimismo, es importante, que el padre de su menor hija cubra el monto de una renta como habitación o departamento que requerirá para vivir o buscar un acuerdo con él para que compre un pequeño departamento para su hija y mientras ella cumple los 18 años, usted mantendrá dicha administración o em su defecto, deberá pagar la renta para que ustedes tengan una habitación para vivir. Sin otro particular, espero haber satisfecho sus comentarios y dudas, quedando a sus órdenes para cualquier trámite, dejando mi Correo-e: terejm68@hotmail.com y/o licjuarezmuniz22@gmail.com, como también a través de la Mensajería conocida como Wattsap al 551663-9494. Saludos Cordiales. Licenciada Juárez. Además debe de solicitar la GUARDA Y CUSTODIA provisional y la definitiva; y presentar un posible Convenio para el Régimen de Visitas y Convivencias entre la menor y el padre. Respecto a Usted, quien no labora por dedicarse a cuidar y darle una sano desarrollo a su menor; aunque en otro momento llegó a trabajar, también se requerirá una pensión alimenticia para usted, la cual deba pagarse por lo menos durante 10 años, que es lo que hasta este momento ha durado su matrimonio civil.

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María Teresa Juárez Muñiz

07 julio 2020

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Hola Yey, mira efectivamente existen esas vías para obtener tu divorcio, guarda y Custodia, pension alimenticia y demás, aquí se requiere saber como lo quieres por tu cuenta o si tu esposo está de acuerdo y podemos comentar los detalles si me llamas al 782 112 5647 y/o 811 077 6928 Lic Armas

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Armas & Asociados

26 junio 2020

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