El día de hoy me llegaron a mi domicilio avisos de embargo precautorio por adeudo de impuesto predial, dónde señala que si no se cubre la deuda en 10 días hábiles procederán a embargar, el problema es que la persona que tiene la deuda no vive en mi domicilio ni tampoco ha vivido nunca aquí por lo tanto ninguno de los bienes que están en mi domicilio son de esta persona, mi pregunta es ¿Aún así pueden proceder con el embargo?