Gonzalez

Derecho penal

Cómo se puede aplicar el artículo 79 del código penal de la ciudad de México. Al acusado de le culpa de secuestro, pero las sentencias fueron dadas en diferentes años, y se le comento que la segunda se empezará a cumplir al terminar la primera. Lo que se busca es que se cumplan a la par.

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Hola Karen, requiero conocer el contenido de tus sentencias, si requieres una Asesoria Personal comunícate conmigo al 782 112 5647 y/o 811 077 6928 Lic. Ramón Armas Aguilar

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Armas & Asociados

26 junio 2020

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El artículo 79 ya está derogado saludos

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Jorge Iván Salinas Octavio

17 marzo 2021

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