Mi abogado ya no muestra interés en mi asunto

Derecho administrativo

Buenas noches, según tengo una abogada que me representa en una demanda en justicia administrativa del estado de México, de echo ganamos, y nos pagaron cierta cantidad restando nos más, pero resulta que la autoridad contra demandó y está vez según la magistrada le da la razón, ala demandada y dice que según nos pagaron demás, y resulta que mi abogada ya no quiso contestar el recurso de apelación de parte de la autoridad y por si fuera poco según ella habíamos metido recurso de revisión, para que nos pagarán el resto que nos debían y dicho trámite no aparece en los estrados de internet, y le comente y la siento indiferente y ya le comente si ya no quería llevar mi caso x lo que ella me comentó pues que si, pero hay que esperar, y siguen habiendo promociones en nuestra contra, pero ella comenta que no le han notificado algo. Quisiera ver si alguno se interesa por qué son 2 asuntos referente a lo mismo y y poder cambiar a dicha abogada, que después de cobrar la 1ra parte ya no muestra interés en mis casos.

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BUENAS NOCHES, a sus comentarios le señalo que es URGENTE conocer de su asunto y contestar dicha apelación, dado que existe un tiempo para ello, de lo contrario, deberá de esperar la determinación de la Sala Superior que conozca de su asunto. Si queda firme, lo más seguro es que la autoridad que dice que le pagó en exceso interpondrá un Amparo contra ello, de ser así, deberá de contestar a ese amparo interpuesto. Ahora bien, si la Sala Superior modifica la sentencia, donde haga de manifiesto que se le pagó en exceso, entonces, usted será quien busque AMPARARSE y darle continuidad a ese Juicio, de donde surgirán otros recursos que si son necesarios deberá de interponer para su defensa. Ahora bien, en relación a lo que señala su abogada, de que metió un recurso de revisión, le señalo que lo más seguro es que no prospero y se desecho, dado que debió agotar el PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD, ya que como ya le explique ante una demanda administrativa al dictar su sentencia y/o resolución, Usted o la parte demandada (que en este caso es la autoridad) pueden interponer un Recurso de Apelación ante la Sala Superior; si resuelven a su favor, la autoridad interpone, el amparo (que es el recurso que le sigue); si es contrario a sus intereses, será usted quien interponga el amparo. Al dictar su sentencia y/o resolución definitiva en el Amparo, dependiendo si confirma o modifica la sentencia, entonces se interpone un Recurso de Revisión. En consecuencia, presumo que su abogada tal vez pudo haber interpuesto ese recurso, pero NO próspero, dado que se está saltando varios pasos a seguir. Por eso, no lo encuentran, ya que ha de haber sido desechado. Ahora bien, lo que debe hacer es solicitarle un RECIBO DE HONORARIOS, dado que será la forma de verificar que ésta cobró. Si hubo o no exceso, antes de ello, debemos de conocer a fondo toda la problemática y así seguirle dando el tratamiento procesal necesario para su DEFENSA. Sin otro particular. Quedo a sus órdenes al 55-4603-1505. Saludos Cordiales. Licenciada Juárez.

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María Teresa Juárez Muñiz

07 julio 2020

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Hola Henry, para poder darte una Asesoría Personal requiero conocer el estado que guardan tus asuntos, si gustas comunícate conmigo al 782 112 5647 y/o 811 077 6928 Lic. Ramón Armas Aguilar

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Armas & Asociados

26 junio 2020

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