BUENAS NOCHES, a sus comentarios le señaló que es una OBLIGACIÓN proporcionar alimentos a sus hijos; y que si no tiene como pagarlos, se irán contra sus bienes, ya que así lo determina la ley.
Ahora bien, una cosa es haber demostrado que no tiene medios para su subsistencia y otra es, que así los haya considerado el Juez. Si tiene bienes, se irán contra uno de ellos para acreditar el pago de las pensiones alimenticias que tenga que dar a sus menores hijos.
Es de manera urgente, revisar su asunto desde que se ingresó la demanda hasta este acuerdo de embargo; toda vez, que para el Juez de lo Familiar no le fue suficiente, usted al momento de contestar la demanda de alimentos debió contrademandar si es que aún es su cónyuge, la pensión alimenticia para usted, habida cuenta que se encuentra enfermo y esa gravidez le ha impedido cubrir los alimentos que le corresponden.
Es preferible que le embarguen un inmueble que usted señale como tal o en su defecto buscar pagar una fianza para acreditar los alimentos que el Juzgado le exige. Asimismo, una vez acreditando en el juzgado el pago de los mismos, toda acción penal se vendrá abajo, ya que no existirá el incumplimiento como tal. Pero es muy importante, revisar todo lo ha hecho hasta este momento. Así como, buscar una contrademandada para cubrir sus medicamentos y alimentos para subsistir.
Sin otro particular, espero haber satisfecho sus comentarios y dudas, dejando a sus órdenes mi Correo-e: terejm68@hotmail.com, en el caso de requerir mayores detalles a su asunto en particular, haciendo alusión a esta página y asunto en cuestión. Saludos Cordiales. Licenciada Juárez.