BUENAS NOCHES, a sus comentarios debió DEMANDAR LA TERMINACIÓN DEL CONCUBINATO, solicitar una indemnización por el tiempo en que vivieron juntos; así como, el derecho a una PENSIÓN ALIMENTICIA, si es que usted no trabaja; y si labora, entonces una PENSIÓN COMPLEMENTARIA.
Por otro lado, DEBE DE DEMANDAR LA PENSIÓN ALIMENTICIA para su hijo, si es toda vía menor de edad, sino, puede hacerlo en representación de, mediante un poder que su hijo le hiciere, dado que no por ello, significa que se rompen los lazos que los une, sino es hacer RESPONSABLE AL PADRE DE SUS OBLIGACIONES.
En relación a la HABITACIÓN por el momento le aconsejo que no se salga, mientras no sé den dicha intervención del juez mediador, dado que por el momento no tiene a donde irse junto con su hijo.
Que si bien es cierto, la intervención de un Juez Mediador para asuntos diversos puede ser de apoyo, también es cierto, que debió hacerlo frente a otro tipo de Juez de la vía Familiar para garantizar su bienestar y el sano desarrollo del menor.
Por lo que puede esperar a la fecha que se le otorgó o desistirse de ello y hacerlo frente a jueces en materia familiar. Teniendo en consideración, que están las primeras vacaciones de verano de los juzgados en puerta (del 15 de julio al 03de agosto de 2021), por lo que usted sopese las cosas y ver que le conviene más.
Sin otro particular. Quedo a sus órdenes al 551663-9494. Saludos Cordiales. Licenciada Juárez.