Que necesito y en base a qué puedo pedir la custodia temporal de mi sobrino ?

Derecho familiar

Mi hermano y mi cuñada acaban de iniciar un proceso por violencia familiar, en el que ella es la presunta víctima. Levantó un acta y se fue llevándose sin previo aviso a mi sobrino. La cuestión es que yo vivo con ellos debido a que los dos muy pocas veces tienen tiempo para estar con el niño. Yo lo llevo a la escuela (cuando era presencial) lo recogía de la escuela, se iba al trabajo conmigo, me encargaba de darle de comer, bañarlo, y todas sus necesidades básicas, la mayor parte del tiempo estaba conmigo. Desde como 6 meses de nacido fue así. Ahora ella se lo llevó a un lugar donde no lo conocen y no han convivido con el y siento que se perjudique su salud emocional. Quisiera obtener la custodia temporal de el durante el proceso jurídico entre sus papás. Ya que entraron en una lucha de poder y ninguno de los dos tiene el tiempo para encargarse de el. Lo vuelvo a repetir lo dejarían con terceros a los que no conoce y no han convivido nunca con el. De antemano muchas gracias por su tiempo y atención.

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Saludos.! En primer lugar, la custodia y patria potestad corresponde a los padres, y solo en caso de que ellos falten puede comparecer algún familiar próximo para solicitar la custodia del menor; entiendo su preocupación porque la familia se encuentra inmersa en un procedimiento de violencia familiar; en su caso, el padre que tenga la custodia con el menor, debe solicitar el apoyo psicológico en favor del menor, generalmente el DIF, tiene ese tipo de apoyos. Quedo a sus ordenes.!

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David Mondragón Ortega

30 diciembre 2020

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Buenos días Marje. Con gusto te podemos asesorar, nos puedes encontrar en el teléfono 8180-296613, o bien, envíanos correo a carlos@salgadochapa.com saludos,

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Salgado Chapa Bufete Jurídico

16 febrero 2021

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Si vive el estado de Jalisco puede promover ante un juez de lo familiar la custodia provicional y posteriormente la definitiva si desea más asesoría pude comunicarse al 33 14 06 83 85 o al correo electrónico jjesusglezt@gmail.com con gusto le atenderé

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José de Jesús González Tovar

02 diciembre 2020

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Hola Marje, los padres tienen la guardia y custodia así como la patria potestad del menor. Si deseas ayudar al niño, puedes acudir al DIF.

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Gabriel Ramírez Arriola

22 diciembre 2020

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Hola Marje, mira estos asuntos tienen la característica de que primero se debe probar que efectivamente ninguno de ellos provea,al menor de lo que requiere y en ese caso los Abuelos y a falta de estos los hermanos, pero es un Juez quien otorga, tu tendrías que iniciar ese juicio, si gustas búscame en el 782 112 5647 Lic. Armas

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Armas & Asociados

26 junio 2020

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