estoy en un tramite para registrar mi marca y el impi me respondió de la siguiente manera, y no se que tengo que enviarles. no entiendo, si pudieran ayudarme. Ahora bien, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 225 y 226 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y con el fin de no invadir los derechos de la (s) anterioridad (es) arriba citada (s), se le requiere para que manifieste lo que a su derecho convenga, efectúe y exhiba el pago conforme lo establece el artículo 29 del Acuerdo por el que se da a conocer la Tarifa por los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, por concepto de reposición de documentación, complementación de información faltante, aclaración o subsanación de omisiones, enmiendas voluntarias, así como por el desahogo a una prevención relacionada con los impedimentos legales para el otorgamiento de un registro; para lo anterior, se le concede un plazo de dos meses contado a partir del día siguiente de la notificación del presente oficio, apercibido que de no contestar dentro de dicho término, se tendrá por abandonada su solicitud con base en los artículos antes citados.