BUENAS NOCHES, a sus comentarios le señalo que como usted vive dentro de un Conjunto Habitacional, los lineamientos y reglas se siguen mediante un REGLAMENTO DE CONDOMINOS, el cual debe de tener usted una copia y estudiar que es lo que señala él mismo y en caso contrario, se debe de atener a lo que refiere la Ley de Condominios.
Ahora bien, es precioso saber si ustedes cuentan con ese reglamento y si existe una mesa de Adminsitración, la cual deben de revisarse sus actuaciones de todo tipo, como lo es el Presidente de la Asamblea, el cual debe de ocupar el cargo por UN año y que no adeude ninguna de la alícuotas y mantener la paz y el sano desarrollo de la Unidad y/o Conjunto. Los vocales y Comisariado de Vigilancia deben ocupar el mismo plazo o hasta un año más, pero se sugiere que sea sólo un año.
En relación a lo que su Asamblea pretende bloqueale el acceso, es completamente ilegal, dado que su casa habitación se ubica dentro de ese predio, para ello deben de notificarle que usted debe "x" alícuotas y deben de proporcionarle un plazo para que se ponga al corriente; en caso contrario, usted puede acudir o interponer una QUEJA ante la PROSOC (Procuraduría Social), donde haga de manifiesto el ABUSO DEL PODER Y SUS FUNCIONES de esa Asamblea, señalándole cuales son sus justificaciones para no encontrarse en estos momentos al corriente de sus alícuotas, pudiendo respaldarse con la EMERGENCIA NACIONAL SANITARIA que seguimos atravesando. Adicionar pruebas y relacionarlas, todo ello, se debe de presentar ante la Ventanilla de Oficialía de Partes Común de esa Procuraduría.
En relación a los servicios, es preciso que hubiera señalado a cuáles le pretender cortar, perro le adelanto que NO PUEDEN CORTARLE el Agua Potable, sino REDUCIRLO y por Orden del SACM; el gas, si este es ESTACIONARIO, tampoco se lo pueden cortar, a menos que sea por Contrato y que se lo paguen a la Administración de su Unidad y/o Conjunto, pero aún así, puede interponer recurso para evitar ese derecho; si es por CILINDROS, tampoco, pueden cortarle ese servicio, dado que usted y/o quienes lo utilicen, dicho pago lo realizan de manera directa. En cuanto a la LUZ, tampoco pueden cortársela, dado que quien realiza y suministra ese líquido eléctrico es la CFE y sólo por Orden de ella misma, le pueden cerrar ese derecho.
Ahora bien, si usted se refiere a los derechos de tener aparato para abrir y cerrar las puertas automáticas de acceso y deceso de la Unidad y/o Conjunto, la Administración si puede cambiar la clave para que usted tenga ese derecho, por así decirlo para abrir desde la comodidad de su auto dichas puertas, pero lo debe de hacer entonces de manera manual; es decir, tendrá que bajarse de su automóvil y abrir manualmente esas puertas. Si le niegan el derecho de tirar su basura, ya sea en los contenedores que se ubiquen dentro de esa Unidad y/o Conjunto o otro servicio de limpieza del Gobierno, tampoco pueden impedirlo dado que ellos mismos están tentando contra la vida de los colonos de esa Unidad y/o Conjunto, entre otras cosas.
Esto es, que por lo anterior son servicios que suelen ser controlados por la Administración, a menos que ustedes dentro de su Reglamento hayan pactado otras cuestiones para su BUEN FUNCIONAMIENTO.
En relación a sus comentarios del costo de los servicios, es necesario conocer y analizar el Reglamento que debe de existir y prevalecer en ese Conjunto como tal, ya que es de suma importancia que DETENER la acción temeraria del Administrador de ese Conjunto con los medios necesarios para ello y actuar rápidamente par evitar más abusos de esa índole.
En relación a que es legal que le corten los accesos, reitero, es importante analizar el reglamento que debe de tener ese Conjunto, pero si se trata de que le nieguen el derecho de meter su vehículo a l Conjunto donde se ubica su casa, si es mediante plumas y puertas automáticas, pueden cortarle ese derecho de que usted mediante algún aparato pudiera accionarlo desde la comodidad de su auto, de lo contrario, tendrá que hacerlo manualmente. Es decir, si no hubo NOTIFICACIÓN PREVIA, no pueden negarle ni coartarle ese derecho. Se convertiría en ilegal.
Sin otro particular. quedo a sus órdenes al 551663-9494. Saludos Cordiales. Licenciada Juárez.