BUENOS DÍAS, a sus comentarios le señalo que la pensión alimenticia se da cuando los padres dejan de dar la manutención al hijo (a). Si el hijo habita con el padre o madre o con ambos, si es menor de edad, el padre presente demandará al padre ausente, el pago de una manutención justa que determina un Juez de lo Familiar. Teniendo en cuenta que ese hijo aún estudia y requiere de los alimentos para proseguir con su educación. Los estudios del hijo deben ser acordes a su edad y no haber reprobado ninguna materia y que lleve un promedio general arriba de 7.
Por lo que, si vas a requerir ese derecho, tus padres deberán pagarte de acuerdo a sus posibilidades, siempre y cuando estudies. Asimismo deberás de tener en cuenta que si vives con tu mamá, ella no puede proporcionarte dinero, ya que ella comparte su casa contigo, alimentos y demás necesidades que requieras. Mientras que tu padre, sí debe hacer lo que por derecho te deba de corresponder.
Primero trata de hacerlo de manera pacífica, hablando con tu padre ausente para cubrir tu manutención. En caso, contrario, deberás de interponer una demandada al caso.
En consecuencia, a tus cuestionamientos te contesto:
1. Lo puedes hacer, primero en la vía pacifica, ante tus respectivos padres. En caso, contrario, mediante un Juez Mediador o en su defecto, formalizarlo con una demanda.
2. Debes acudir ante los Juzgados Familiares de tu Entidad Federativa.
3. No es necesario, pero si la forma más justa y equitativa para que un Juez de la Familiar o Mediador, impongan dicha OBLIGACIÓN.
4. NO, el Juez de Paz está impedido de conocer de ese tipo de juicios.
Sin otro partivuales. Quedo a sus órdenes. Saludos Cordiales. Licenciada Juárez.