arrendamiento

Derecho civil

si estoy arrendando una pequeña nave., y el cual por todo lo que sabemos., no he podido pagar., despues demuchos meses., bueno el juicio que se tiene por la demanda de no pagar ., que puede pasar..si claro la sentencia es en contramia., que procede legalmente: me sacan con todo y todo., o se cobran de lo poco que tengo en las instalaciones., o que sucede

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Saludos.! En el caso de los arrendamiento, los juicios tratan sobre la entrega del inmueble, primeramente de manera voluntaria y en posteriormente de manera forzosa, y dependiendo del estado de la república, se habilita la opción de embargar bienes a fin de garantizar el pago de las rentas pendientes de liquidación.

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David Mondragón Ortega

30 diciembre 2020

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ya que el juicio por el que lo tendrian que demandar es denominado juicio especial de deshaucio o en su defecto terminacion o resicion de arrendamiento, por incumplimiento del contrato y en ambos se busca la finalidad por un lado de desalojar el bien inmueble y por otro lado el de garantizar el cobro del arrendador por las pensiones rentisticas adeudadas, sin embargo dentro de la En todo caso se necesita analizar el expediente y en misma secuela procesal hay varias opciones de solución, inclusive hasta de llegar a un convenio con el arrendador con la finalidad de solucionar el conflicto, por lo que tendríamos que estudiar el caso en concreto y del abanico de opciones que hay, para así decirle que podemos aplicar. Para más información le concerto una cita en mi oficina totalmente gratuita, si gusta marcarme para agendarla. mi tel es: 55 1063 97 13 Lic. Agustín Hidalgo Millán, un placer.

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Agustín Hidalgo Millán

30 enero 2021

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si es que ya tiene un juicio en contra es necesario rewvisar el estado procesal del mismo ya q

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Agustín Hidalgo Millán

30 enero 2021

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Debe contactar a un abogado para que lo asesore con todas las opciones y en todo caso puede mediar con el dueño para el adeudo.

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Amaranta Mónica Castineyra Toledo

06 mayo 2020

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Buenas noches Gervasio , primeramente será requerido para que entregue el inmueble de manera voluntaria, aclaro en caso de ser vencido en juicio, en caso de no cumplir con la entrega voluntaria del inmueble , su contraria podrá gestionar ante el tribunal que se autorice el uso de fuerza publica para el desalojo de inmueble y por consecuencia si existen bienes serán embargados hasta por el total de rentas vencidas, gastos y costas del juicio, para mayor información numero de WhatsApp 4522033535

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Melitón Hernández Sánchez

18 junio 2020

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