como puedo hacerle para seguir pasando la pensión alimenticia si no tengo empleo

Derecho familiar

Me quedé sin empleo pero no quiero dejar de pasar la pensión alimenticia no se que consecuencias traiga pero no quiero tener ningún tipo de problema a futuro

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Erick Israel Irigoyen Infante

26 julio 2021

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Primero si existe una sentencia en el cual se estableció una cantidad, deberás hacerla en el juzgado, o bien si en el convenio de divorcio se estableció una cuenta pues ahí depositas. En el caso de que no exista sentencia, lo mas conveniente es que le deposites en una cuenta y en caso de que no tenga cuenta, pues te sugiero que le abras una en Bancomer o en el Oxxo que no ocupan un saldo mínimo, se la entregas a la madre de tus hijos y ahí le depositas, no debe ser menor a un mes de salario mínimo.

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Martín Balderas Chávez

28 abril 2020

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BUENAS NOCHES, a sus comentarios le señaló que deberá avisarle a la madre de sus hijos su situación actual y qué hará lo posible por continuar suministrando la pensión que le fue impuesta o comprometida. En relación a las consecuencias futuras que le pudieran implicar son en materia FAMILIAR que le demanden de nueva cuenta por incumplimiento de pago de pensión alimenticia y le obliguen a proporcionar una garantía que cubra por lo menos 1 año de las pensiones que representen las pensiones comprometidas, además de, de dar en garantía, un bien que cubra las pensiones por el tiempo que si sus hijos llegasen a estudiar una carrera universitaria (26 años) cubran esas pensiones (las cuales deben ir aumentando según el aumento del salario mínimo y si hay un crisis económica (cada año). Asimismo, su nombre quedará inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, a cargo del Registro Civil, la cual es una lista negra de morosos alimentarios, lo que podría repercutirle en su historial crediticio, como en el registro de bienes inmuebles (como lo es el Registro Público de la Propiedad y del Comercio). En materia PENAL, es considerado un delito el incumplimiento de pensión alimenticia, que de acuerdo al Código Penal de esta Ciudad cita: "Al que incumpla con su obligación de dar alimentos a las personas que tienen derecho a recibirlos, se le impondrá de tres a cinco años de prisión y de cien a cuatrocientos días multa; suspensión o pérdida de los derechos de familia, y pago como reparación del daño a las cantidades no suministradas oportunamente. Por lo anterior, le aconsejo que busque un empleo sustituto que pueda ayudarle a suministrar los alimentos de manera inmediata para evitar consecuencias graves a su persona. Esperamos haber satisfecho sus dudas y comentarios. Licenciada Juárez.

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María Teresa Juárez Muñiz

07 julio 2020

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En este caso se tendría que solicitar al juez que se ajuste la pensión al monto de los ingresos que actualmente tiene o en su caso acreditar que esta desempleado.

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Alvaro Enrique Macías Martínez

07 julio 2020

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Buenas tardes, usted fue demandado por la Pensión Alimenticia??, si es así en el juicio solo debe informar al Juez de su situación laboral, así como por lo mismo solicitar la debida suspensión,, quedo a sus ordenes en el 8123242101

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Pedro Enrique Galán Ruiz

02 octubre 2020

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Estimado Adrián, En estos casos, no hay problema, porque si no tienes trabajo no puedes pagar la pensión. Eso sí, debes avisar a la mamá de tu hijo/a y al juzgado esta situación. Para una asesoría completa, comunícate al 5535227769 con el Lic. Gabriel Ramírez.

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Arriola Abogados

26 marzo 2020

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Buenas tardes, a efecto de no incumplir con el pago de pensión alimenticia, de tienen diversas opciones Consignar pensión mediante billete de deposito Consignar mediante depósito bancario Consignar a través de una cuenta bancaria de ahorro a favor del menor o de los menores dando acceso a la madre para que pueda obtener los recursos a través de la tarjeta bancaria

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Velázquez Vasconcelos S.C.

11 mayo 2020

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