Hola, buenas tardes. Relacionado con tu consulta, te comento que de ninguna manera esta permitido que los cobradores de las financieras o de cualquier otra empresa, realicen esas conductas en tu domicilio.
Incluso, ya existe una descripción (tipo penal), en las que esas conductas de los despachos de cobranza y sus empleados, pueden incurrir en un delito, entre otras las siguientes:
--> Amenaza, ofende o intimida al deudor, familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda.
--> Envía documentos que aparenten ser escritos judiciales u ostentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad.
--> Gestión de Cobranza con maltrato y ofensas.
--> Utiliza nombre o denominación que se asemeja a una institución pública.
Si has sido objeto de estas conductas, puedes presentar tu queja ante la CONDUSEF, y/o presentar tu denuncia ante la fiscalía del ministerio público de tu localidad.