Que hacer si no me quieren dar seguimiento a la solicitud de las cámaras del c5

Derecho penal

Atropellaron a un familiar el que iba conduciendo se dió a la fuga, levantamos una denuncia pero no nos quieren proporcionar los vídeos de las cámaras del c5, ya que nosotros en la denuncia pusimos intento de homicidio, ya que el carro que atropello se llevó a mi familiar en el parabrisas por lo menos dos calles y este en lugar de frenar aceleró.

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El Ministerio Público, tiene la obligación legal de llevar a cabo una investigación y tú debes tener acceso a todo.

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Arriola Abogados

26 Marzo 2020

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Buenas noches, para poder orientarte en tu asunto yo o cualquier abogado es necesario leer la carpeta de investigación y a partir de eso se puede dar una opinión técnica de lo que hay y lo que se puede esperar. De acuerdo con el sistema de justicia penal Usted tiene derecho a un asesor jurídico, puede ser público lo paga el Estado o privado que tiene costo, si Usted se acerca al asesor jurídico público que le correspondió conocer de su asunto, el gratuitamente le puede dar seguimiento y orientarle, si no tiene confianza con el es necesario contratar un abogado para que checando el expediente le pueda dar una opinión del asunto. Estamos a sus ordenes

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Despacho Aldana y Almazán

05 Junio 2020

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Hola Ale, saludos, te respondemos; que tienes derecho en términos del artículo 20 Constitucional a contar con la asesoría de un Licenciado en Derecho, como Víctima u Ofendido, ya sea con un asesor que te proporciona el Estado o uno particular. Ahora bien, al momento en que haces la Denuncia, el Ministerio Público debe pedir de oficio que se le proporcionen las grabaciones de cámaras C2 o C5, pero también la policía de Investigación al realizar la inspección, debe recabar a petición del Ministerio Público las grabaciones de cámaras públicas o privadas y el Ministerio Público que tiene la carpeta de investigación en su momento debe proporcionar a la víctima u ofendido, así como a la defensa todos aquellos datos de prueba que se hayan recabado, también puedes solicitar por escrito como parte legitimada dichos medios de prueba, así es como te deben proporcionar los videos. Saludos

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Cuesta & Asociados

21 Enero 2021

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