La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado que, en los juicios de reconocimiento de paternidad, la pensión alimenticia tiene carácter retroactivo. Esto significa que el progenitor debe pagar la pensión desde la fecha de nacimiento del niño, independientemente de su presencia o reconocimiento previo....Leer artículo...