Autor: Mtro. Jorge Ruvalcaba Castro
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Publicado: 14 Julio 2021
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La Constitución también resalta la participación activa del estado para establecer disposiciones constitucionales que regulen los derechos de los integrantes de la sociedad y de los grupos sociales, basándose en postulados de humanidad, dignidad y bienestar colectivo
La Carta Magna que en la actualidad nos rige es la que fue promulgada el 5 de febrero de 1917 por el entonces presidente Venustiano Carranza. Esta constitución fue de las más adelantadas en su época, y representa muchos sacrificios en la historia de nuestro país.
A continuación, quiero hacer un recuento de sus particularidades que la hicieron única y tal vez uno de sus cimientos más importantes las garantías sociales.
El entonces mandatario, Venustiano Carranza, realizó la convocatoria en 1916 para que pudieran ser elegidos los diputados que formarían parte del Congreso Constituyente que estaría encargado de redactar tan importante documento. El 10 de diciembre de ese mismo año, se instalaron en la ciudad de Querétaro, donde sesionaron hasta el 31 de enero en el entonces llamado Teatro Iturbide, hoy Teatro de la República.
Debemos recordar que el país, en ese entonces, aún pasaba por un proceso de transformación. Si bien, para algunos estudiosos como Sergio Silva Castañeda, la Revolución Mexicana se dio por finalizada con la promulgación de la Constitución de 1917, para otros este hecho fue solo el triunfo de la facción constitucionalista de este movimiento armado.
El historiador Javier Garciadiego, señala que el periodo más aceptado de duración del movimiento armado en cuestión es de 1910 a 1920, siendo la promulgación de la Carta Magna un parteaguas para la pacificación del país.
Hasta ese entonces ninguna constitución incluía garantías sociales, la mayoría se basaba en los preceptos de la Revolución Francesa de Libertad, Igualdad y Fraternidad, garantías individuales que buscaban el desarrollo del individuo.
Los principales derechos sociales que se plasmaron en la constitución fueron:
• Derecho a la Educación;
• Derechos Agrarios;
• Derechos Laborales;
• Derechos de la Seguridad Social;
• Derecho de la Familia y el Menor;
• Derecho a la Protección de la Salud;
• Derecho a la Vivienda;
• Derechos de carácter económico
Nuestra Constitución había sido reformada en 707 ocasiones mediante 233 decretos.
De aquí podemos resaltar los artículos que tal vez son los más conocidos, como lo son el Artículo 3° que se enfoca en la educación, el 27° que Reconoce la Vulnerabilidad de grupos indígenas en torno a la tenencia de la tierra y el 123° que establece de manera general los derechos laborales.
La Constitución también resalta la participación activa del estado para establecer disposiciones constitucionales que regulen los derechos de los integrantes de la sociedad y de los grupos sociales, basándose en postulados de humanidad, dignidad y bienestar colectivo. Te invito a que leas el artículo sobre ¿Cómo se promulgan les Leyes Federales?
Según un estudio del 2018 del Instituto Belisario Dominguez (IBD), nuestra Constitución había sido reformada en 707 ocasiones mediante 233 decretos, siendo el sexenio del entonces presidente Enrique Peña Nieto, cuando más cambios se han realizado en la historia con 155.
El mismo estudio resalta que los artículos más reformados han sido el 73°, que habla sobre facultades del Congreso, el 123° (trabajo), el 27°, régimen de propiedad y el 89° que habla sobre las facultades del Ejecutivo.
En conclusión, nuestra Carta Magna fue un documento revolucionario para su época que hasta la fecha sigue brindando respaldo a la población de nuestro país. Tenemos la terea de conocerla y vigilar que se aplique. Quiero agradecer a la plataforma Contacta Abogado® por el espacio para poder compartir este artículo y por dejarme formar parte de la transformación digital de los abogados.
Fuentes:
Constitución1917 Un siglo de constitucionalismo social
Constitución de 1917; los cimientos de la democracia
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