Autor: Jurídico Martínez
Ver perfil
Sede no definida
Derecho familiar
Derecho penal
Derecho mercantil
Ver más áreas
5.0 Estrellas
16 Opiniones
Por:
Publicado: 25 Julio 2025
Lectura: 3 minutos
Las leyes han evolucionado para simplificar este proceso, es crucial entender las diferencias entre las modalidades más comunes: el Divorcio Voluntario (Mutuo Acuerdo) y el Divorcio Incausado (Unilateral).
1. Divorcio Voluntario (Mutuo Acuerdo)
Es una opción para aquellas parejas que han logrado alcanzar consensos sobre todos los aspectos de su separación. Su esencia radica en la voluntad concurrente de ambos cónyuges para disolver el vínculo matrimonial y, fundamentalmente, en su capacidad para llegar a acuerdos sobre las consecuencias de dicha disolución.
• Acuerdo Total: Ambas partes deben estar de acuerdo no solo en divorciarse, sino en todos los puntos relativos a la liquidación de bienes, la pensión alimenticia (para cónyuge o hijos), cuando hay hijos menores de edad: la guarda y custodia, el régimen de visitas y convivencias.
• Convenio de Divorcio: Documento legal que plasma todos los acuerdos alcanzados. Este convenio debe ser presentado ante la autoridad judicial (Juez de lo Familiar) o, en ciertos casos muy específicos y sin hijos, ante el Juez del Registro Civil.
• Proceso Ágil: Al existir consenso, el proceso judicial suele ser más rápido y menos costoso en comparación con otras vías, ya que no hay controversias que deban ser dirimidas por el juez.
2. Divorcio Incausado (Unilateral)
No requiere la existencia de una causa o motivo específico para que el divorcio proceda. Basta con que uno solo de los cónyuges manifieste su voluntad de no querer continuar casado.
• Voluntad Unilateral: Es suficiente que uno de los cónyuges presente la solicitud de divorcio, sin necesidad de que el otro esté de acuerdo con la disolución del matrimonio.
• Sin Causales: No se requiere probar ninguna causal (como infidelidad, violencia o abandono), lo que elimina la necesidad de un litigio largo y, a menudo, desgastante para probar hechos.
• Propuesta de Convenio: Aunque la voluntad para divorciarse sea unilateral, la ley exige que el cónyuge solicitante presente una propuesta de convenio donde se planteen soluciones respecto a la división de bienes, la pensión alimenticia y, si hay hijos, su guarda y custodia y régimen de visitas. La otra parte tendrá derecho a responder a esta propuesta y a presentar una contrapropuesta, lo que puede dar lugar a una fase contenciosa en cuanto a las consecuencias del divorcio, pero no en cuanto a la disolución del vínculo mismo.
• Proceso Expedito para la Disolución: La sentencia que disuelve el matrimonio se emite rápidamente una vez que se cumple con los requisitos formales. Las controversias sobre las consecuencias del divorcio (bienes, hijos, pensiones) pueden continuar litigándose en un incidente separado, pero el vínculo matrimonial queda disuelto.
La elección entre el Divorcio Voluntario y el Divorcio Incausado dependerá, en gran medida, del nivel de acuerdo existente entre los cónyuges.
Si tiene dudas sobre este tema, no olvide que puede ponerse en contacto con nosotros y juntos resolver su asunto legal. Nos encuentra en nuestro perfil de Contacta Abogado®
Compartir