Autor: Lic. MIGUEL ANGEL CASTILLO REYNOSO
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Publicado: 8 Abril 2022
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En México, el sistema de Prisión Preventiva Oficiosa permite asegurar que los procesos se cumplan sin poner en riesgo las integridades de los afectados
En México, el sistema de Prisión Preventiva Oficiosa permite asegurar que los procesos se cumplan sin poner en riesgo las integridades de los afectados con el fin de obtener justicia. A continuación hablaré más sobre esta herramienta y sus figuras que la complementan.
Fue en junio de 2008 cuando se decretaron reformas a varios artículos de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “para dar inicio a la implementación de un sistema procesal penal de corte acusatorio y oral”.
¿Cómo se lleva a cabo la Prisión Preventiva Oficiosa?
La naturaleza de la prisión preventiva es cautelar, es decir, “es una medida de prevención o aseguramiento que se impone por determinación judicial, para lograr los fines del procedimiento penal”. Esta medida tiene como principal objetivo proteger los intereses del demandante, la víctima, ofendido, testigos o cualquier individuo involucrado.
Y ¿Cómo se determinan el tipo de medidas de Prisión Preventiva Oficiosa? Estos se aplican desde que el interesado inicia el proceso de demanda penal en el Ministerio Público, las formas de protección por ejemplo, como la restricción para acercarse o comunicarse con la víctima o la separación inmediata del domicilio, “requieren ser ratificadas por el juez de control”.
Otro tipo de medidas que se pueden aplicar por ejemplo, son el embargo de bienes “y la inmovilización de cuentas y demás valores que se encuentren dentro del sistema financiero”. En el sistema penal en México las medidas cautelares tienen diferentes enfoques:
El papel del juez de control
Según el concepto establecido en el Portal de Consejería Jurídica y de Servicios de la Ciudad de México, “la persona que representa el juez de control, tiene conocimientos de procedimientos penal, los principios internacionales que rigen los derechos humanos, la materia constitucional y otras Leyes Relacionadas a su investidura”.
En otras palabras, el Juez de Control coordina y monitorea que todas las etapas de un caso se cumplan según lo estipulado en la ley: señala medidas cautelares, guía la audiencia, dicta auto apertura a juicio oral, resoluciones importantes y conduce el desahogo de pruebas.
Prisión preventiva oficiosa será revocada después de 2 años
Hace un par de semanas, la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN), con 4 votos a favor y uno en contra realizó el amparo en revisión 315/2021 de la Primera Sala, la cual ahora obliga a los jueces del control revisar la medida de prisión preventiva oficiosa cuando se cumplen 2 años para revocarla.
Arturo Saldivar, Presidente de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) declaró qué esta reforma no significa la liberación impune de un criminal, “sino un límite racional a la prisión preventiva oficiosa”. Sin embargo, esta medida no significa que todos los casos donde un acusado que haya cumplido sus dos años de prisión preventiva oficiosa quedará libre, sino que dará pie para que los jueces tomen en consideración la gravedad del asunto y opten por la revocación o no.
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