Desalojo de una vivienda, ¿Bajo qué condiciones se pueden realizar?

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Si en dado caso de que el desalojo se solicite por alguna de las siguientes causas como incumplimiento en el pago de la renta, medidas sanitarias o injustificado, existe la posibilidad que demostrar que se ha resarcido la falta o que el arrendador incumplió con la ley para solicitar su inmueble.

La pandemia del Coronavirus provocó que algunas empresas se vieran en la necesidad de cesar operaciones y dejar de producir, lo que se ve traducido en afectaciones a los sueldos de los trabajadores. La renta de una vivienda abarca entre un 30% y hasta un 45% del presupuesto de una familia o una persona sola, por lo que la reducción de hasta un 50% en los ingresos representa una situación muy difícil.

Un desalojo es un recurso que un dueño legítimo puede llevar a cabo si en su inmueble hay un inquilino moroso, siempre y cuando tenga una orden judicial. Los desalojos también pueden ser arbitrarios, por lo que en la CDMX se hizo una reforma para evitar estas situaciones, a continuación de damos los pormenores.

A pesar de la incertidumbre la búsqueda de vivienda aumenta

Según portales de bienes raíces, la búsqueda de vivienda aumentó un 65% en los primeros meses de este año, las personas que planeaban comprar una casa o departamento desistieron de ese proyecto y mejor buscaron rentar debido a la incertidumbre económica y laboral que causó el COVID-19.

En algunas zonas de la CDMX las rentas bajaron entre un 20%, 30% y hasta en un 40%, pero esto no ha sido impedimento para que algunas familias se vean en apuros para pagar la renta de su vivienda, ya que este decremento no se ha dado en las rentas corrientes con contratos anteriormente firmados.

¿Cuáles es el procedimiento de un desalojo?

Cuando un inquilino ha incumplido con el pago de su renta o incurrido en alguna de las cláusulas de su contrato se puede hacer merecedor de un desalojo. Existen tres tipos de avisos, el primero se da cuando el inquilino ha incumplido con el pago de su renta, en este caso se debe dar un plazo para poder pagar la deuda, sino si se tendrá que desalojar el inmueble.

El segundo es por subsanación de la vivienda, este se da cuando los inquilinos incumplieron con alguna cláusula que impide tener mascotas o cualquier otro animal. También si incurre en faltas como fumar cuando por contrato está prohibido. De igual forma se debe dar un plazo para que los ocupantes corrijan su comportamiento.

El último es el aviso de desalojo incondicional, para este tipo de aviso no hay prorroga, se debe abandonar el inmueble inmediatamente. Debido a su severidad, este tipo de aviso está bien regulado y sólo procede cuando el arrendatario ha incumplido en reiteradas ocasiones en violar el reglamento de la vivienda o el contrato, utiliza el inmueble para actividades ilícitas o lo ha dañado considerablemente.

También hay desalojos sin justificación

Este tipo de desalojos también los contempla la ley, pero tienen algunas protecciones para el arrendatario como que se le debe dar un plazo de entre 30 y 60 días para que busque una nueva vivienda y la opción de ampararse para evitar el desalojo.

En todo caso, cualquiera de los tipos anteriores de desalojo, se debe iniciar un juicio si un inquilino desaloja o no el inmueble, y se deben dar las notificaciones pertinentes antes de llevar a cabo un lanzamiento u otro recurso legal.

Se puede interponer una defensa

Si en dado caso de que el desalojo se solicite por alguna de las causas anteriores, incumplimiento en el pago de la renta, medidas sanitarias o injustificado, existe la posibilidad que demostrar que se ha resarcido la falta o que el arrendador incumplió con la ley para solicitar su inmueble.

En abril pasado se hizo un llamado a las autoridades para suspender los desalojos en la CDMX e idear medidas para el pago de rentas atrasadas. El acuerdo también contemplaría la suspensión del pago de servicios básicos como el gas, agua y luz, así como dejar de llevar a cabo las diligencias para desalojos. El beneficio podría ser para personas que comprueben que se encuentran en una situación difícil por la pandemia.

La reforma a la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus garantías en la Ciudad de México

Esta reforma que se publicó en la gaceta oficial de la CDMX el año pasado, contempla el derecho humano a una vivienda, esta reforma pretende acabar con los desalojos arbitrarios y sólo se podrá a llevar a cabo un juicio si las causas de los arrendadores estás completamente justificadas.

La reforma también contempla los derechos de los dueños y no pretende beneficiar a invasores o morosos como lo hacía la ley anteriormente. Otro de los beneficios para los habitantes es que en dado caso de que sean desalojados, pueden solicitar al gobierno su incorporación a uno de los programas de vivienda en la ciudad.

Para que no sea sorprendido con una demanda de desalojo, es importante siempre cumplir con lo estipulado en los contratos de arrendamiento. Una buena asesoría legal evita episodios incómodos para tu familia. En Contacta Abogado® pueden encontrar especialistas que te ayudarán a resolver asuntos legales.

Fuentes:

https://www.forbes.com.mx/el-desalojo-eliminado-en-la-ciudad-de-mexico/

https://obras.expansion.mx/inmobiliario/2019/06/12/el-articulo-sobre-desalojos-en-la-cdmx-se-modifico-pero-aun-hay-polemica


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