Autor: Lic. José Carlos Díaz Torres
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Publicado: 9 Junio 2023
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La integración de la carpeta de investigación: Serán todas aquellas diligencias en las que el Ministerio Público se encuentre en proceso de realizar las actividades necesarias con la finalidad de integrar la carpeta de investigación.
¿Qué es la carpeta de Investigación?
Es el antecedente de la investigación proveniente de la Procuraduría, es todo registro que sirve de sustento para aportar datos de prueba. Se entenderá por registros de la investigación, todos los documentos que integren la carpeta de investigación, así como fotografías, vídeos con o sin audio, grabaciones de voz, informes periciales y pruebas periciales que obren en cualquier tipo de soporte o archivo electrónico.
¿Qué es la integración de la carpeta de investigación?
La Integración de la carpeta de investigación: Serán todas aquellas diligencias en las que el Ministerio Público se encuentre en proceso de realizar las actividades necesarias con la finalidad de integrar la carpeta de investigación.
Algunas características de la carpeta de investigación son:
• Contiene dato de prueba (lo que está dentro de la carpeta de investigación ya sea la entrevista dela víctima así como la de un testigo, la entrevista de los policías, la inspección de un vehículo y demás objetos relacionados con el tema .
• Y comienza con la presentación de la denuncia o querella.
• Imparcial y objetiva.
• Debe ser registrado en actas.
• Se utiliza para la determinación de actos procesales en la fase preliminar como sustento de convicción en la audiencia de juicio oral.
• Participa el fiscal, la victima, el imputado, policía y diversos peritos.
• Permite construir y determinar la teoría del caso.
¿Por qué es importante la carpeta de investigación?
Es un derecho de las víctimas que se les procure, administre y facilite justicia.
El Ministerio público se conducirá con la finalidad de cumplir con el objeto del proceso penal que establece la Carta Magna, en su obligación de la investigación de los delitos.
Es un derecho del imputado conocer los datos de prueba que obren en su contra, quién lo acusa y porqué, para que así se posibilite su defensa técnica adecuada.
La debida integración de la carpeta de Investigación, dará certeza y seguridad jurídica a las partes del proceso penal.
El primer paso para el MP cuando conoce una denuncia va a construir una teoría del caso y se compone de:
Analizar la denuncia o querella para lo cual deberá extraer la historia de los acontecimientos ahí narrados en los que encontramos, hechos, personajes, instrumentos, objetos, productos del delito, circunstancias de tiempo, modo, lugar, etc.
Posteriormente el campo jurídico, refiriéndose a qué tipo o tipos penales se encuadran los hechos.
Por último, el MP analizará la información con la que se cuenta y que puede constituir datos de prueba.
Una vez iniciada la carpeta de investigación, previa integración de la misma y con los datos de prueba suficientes según sea el caso, el Ministerio Público podrá arribar a alguna de las siguientes determinaciones: a) Abstención de investigar b) Archivo temporal c) No ejercicio de la acción penal d) Criterio de oportunidad e) Ejercicio de la acción penal. (continuar con el proceso)
¿Qué debe contener la carpeta de investigación?
• Datos de prueba suficientes, pertinentes e idóneos para cumplir con el objeto del proceso penal.
Para llegar hasta esos datos de prueba el MP deberá integrar la carpeta de investigación con las diligencias y registros de actos de investigación.
Si es en flagrancia – Registro de inicio (puesta a disposición) -Registro de lectura de derechos del imputado -Registro de nombramiento de defensor del imputado- Certificación Médica del Imputado- Registro de lectura de derechos de la víctima u ofendido-Registro de nombramiento de asesor jurídico de la víctima- Entrevista de denunciante, querellante, víctima o ofendido-Entrevista de policías que ponen a disposición al detenido-Informe policial homologado con sus anexos-Objetos, instrumentos o productos del delito- Registro de verificación de flagrancia-Registro de retención -Entrevista de testigos-Informes de Investigación-Opiniones técnicas de diversas especialidades periciales-Información remitida por diversas autoridades y dependencias-Información solicitada al sistema penitenciario respecto del imputado- Audiencia de conciliación en carpeta de investigación-Acuerdo de determinación.
Registro SIN detenido- Registro de lectura de derechos de la víctima u ofendido- Registro de nombramiento de asesor jurídico de la víctima- Entrevista de denunciante, querellante, víctima o ofendido-Entrevista de testigos- Informes de Investigación- Opiniones técnicas de diversas especialidades periciales- Información remitida por diversas autoridades y dependencias (videograbaciones del C5, IMSS, SEMOVI etc.)- Información solicitada al sistema penitenciario respecto del imputado- Información de SIIPOL respecto al imputado- Datos de prueba respecto de la reparación del daño-Solicitudes respecto de si el imputado ha celebrado previamente acuerdos preparatorios o si se le ha autorizado suspensión condicional del proceso.
En caso de que desees más detalles sobre este tema o necesitas asesoría sobre temas relacionados a este u otros más, no dudes en contactarme en mi perfil de Contacta Abogado®
Referencias: https://www.poderjudicialcdmx.gob.mx/estadistica/wp-content/uploads/Glosario.pdf
https://dif.slp.gob.mx/wp-content/uploads/2022/11/1_ABC_Carpeta_Investigacion.pdf
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