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Publicado: 1 Febrero 2022
Lectura: 3 minutos
Cuando una persona no deja especificada la forma en que se repartirán sus bienes en caso de su fallecimiento, se está ante una situación de bienes intestados. En estos casos los familiares, para evitar una disputa mayor, deben solicitar un juicio sucesorio. En el siguiente artículo, comentaré sus características y cómo se promueve.
Todos los testamentos que se realizan ante un notario, deben ser registrados en el Archivo General de Notarías. Cuando se interpone un juicio sucesorio y se desconozca si existe tal documento, el juez debe ordenar su búsqueda en este archivo, en caso de ser encontrado o no, debe existir un reporte de búsqueda por parte del Registro Nacional de Avisos de Testamento.
Cuando no existe un testamento se debe recurrir a un juicio sucesorio donde se repartan, conforme a derecho, los bienes entre los familiares directos de una persona fallecida. Este tipo de sucesión también se le llama legítima, ya que existen familiares que solicitan el reparto de los bienes.
Cómo lo indica el Código Civil Federal, los familiares que tiene derecho a recibir parte de una herencia son:
En primer lugar, están los hijos, esposos y concubinos.
En segundo lugar, se encuentran los padres, primos y sobrinos hasta el cuarto grado. Sólo los parientes en primer grado heredan en partes iguales.
No se puede tomar posesión o disponer de un bien antes de que exista un proceso sucesorio, salvo que se trate de herederos únicos. Los herederos deben nombrar una albacea que administre los bienes para poder continuar con el trámite de la sucesión.
El albacea puede ser designada mediante un testamento y en caso de que no exista tal, la persona designada se niegue a desempeñar el cargo, o se trate de una sucesión legítima, también conocida como intestamentaria, los herederos tienen la facultad de elegir a uno mediante votación. No obstante, de conformidad con el artículo 1680 del Código Civil Federal, estarán imposibilitados para ejercer el cargo las siguientes personas:
Una albacea tiene el objetivo de representar a los herederos frente a terceros, así como para cumplir determinados mandatos específicos que la ley establece. Entre sus principales funciones se encuentran las de presentar el testamento ante un juez o notario; el aseguramiento de los bienes de la herencia; la formación de inventarios; la administración de los bienes; la rendición de cuentas; el pago de las deudas correspondientes; la partición de los bienes; la defensa de la herencia, y la validez del testamento.
Por lo general tiene cuatro etapas que contempla un juicio sucesorio, las cuales son:
Este juicio no necesariamente se debe llevar ante un juzgado, un otario público puede llevar la vigilancia de estas etapas siempre en conformidad con la albacea y herederos.
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