Conoce el nuevo etiquetado en alimentos y bebidas

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El nuevo sistema de etiquetado frontal de alimentos y bebidas es una estrategia gubernamental para la toma de decisiones saludables. Conoce en qué consiste la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 que entró en vigor el primero de octubre.

El sobrepeso y la obesidad se definen por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como una acumulación anormal o excesiva de grasa que puede ser perjudicial para la salud, se miden calculando el Índice de Masa Corporal (IMC). Desde 1975, la obesidad ha aumentado casi al triple en todo el mundo. México es uno de los países con los índices más altos, más del 40% de los adultos en el país tienen sobrepeso.

Para combatir el grave problema de salud al que nos enfrentamos, y considerando que es responsabilidad del Gobierno Federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que los productos que se comercialicen en territorio nacional cumplan con la información comercial que deba exhibirse en su etiqueta o envase, con el fin de garantizar la protección del consumidor, el viernes 27 de marzo de 2020 se publicó en el DOF una modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, sobre las especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas, para que los productos contengan la información necesaria.

El nuevo sistema de etiquetado frontal de alimentos y bebidas es una estrategia gubernamental para la toma de decisiones saludables. Como antecedentes se encuentran las siguientes medidas:

  • Regulación de la venta de alimentos en el entorno escolar
  • Campañas educativas
  • Regulación de la publicidad de alimentos y bebidas densamente energéticos dirigidos a los niños
  • Impuestos a las bebidas azucaradas
  • Estrategia Nacional para la Prevención y el Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes
  • Guías Diarias de Alimentación (GDA)

La Secretaría de Salud solicitó en 2017 la integración de un equipo de expertos en el tema, con el fin de desarrollar un sistema de etiquetado para productos industrializados que facilitara la decisión de compra, con base en información sencilla, visible y fácil de entender.

Este modelo ya se ha implementado en el caso de Chile, mediante la Ley de Etiquetado de Advertencia en Alimentos y Bebidas.

Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010

La Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, cuyas modificaciones entraron en vigor el día primero de octubre del 2020, tiene por objeto:

  • Establecer la información comercial y sanitaria que contendrán las etiquetas del producto preenvasado, de fabricación nacional o extranjera, comercializado en territorio nacional
  • Determinar las características de dicha información
  • Establecer un sistema de etiquetado frontal, el cual debe advertir de forma clara y veraz sobre el contenido de nutrimentos críticos e ingredientes que representan riesgos para su salud en un consumo excesivo

Las etiquetas deben llevar la firma de la Secretaría de Salud y colocarse (con la finalidad de que permanezcan hasta el momento del consumo). Así mismo, los datos en ellas deben ser claros, visibles, indelebles y en colores contrastantes para que el consumidor pueda leerlos fácilmente. La información nutrimental complementaria debe agregarse utilizando los sellos octagonales que hemos visto, cuya leyenda puede ser:

  • Exceso calorías
  • Exceso azúcares
  • Exceso grasas saturadas
  • Exceso grasas trans
  • Exceso sodio

En algunos casos se colocará la frase en mayúsculas: “Contiene cafeína evitar en niños” o “Contiene edulcorantes - no recomendable en niños”. Además, los productos con sellos o que contengan la leyenda de edulcolorantes, no podrán mostrar en la etiqueta personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, famosos, deportistas o mascotas, así como elementos interactivos que influyan en los menores para el consumo, compra o elección de dichos productos.

Los organismos encargados de la verificación y vigilancia de la norma son:

  • La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco)
  • La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
  • Las dependencias competentes

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Fuentes:

https://www.insp.mx/avisos/4771-etiquetado-alimentos-bebidas-gda.html

https://saludpublica.mx/index.php/spm/article/view/9615/11536

https://www.dof.gob.mx/2020/SEECO/NOM_051.pdf

https://www.jornada.com.mx/ultimas/economia/2020/06/16/mexico-el-pais-con-mayor-obesidad-de-al-ocde-4377.html

https://ideas.llorenteycuenca.com/wp-content/uploads/sites/5/2016/05/160504_DI_informe_alimentacion_chile_ESP.pdf

https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/obesity-and-overweight


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Defensa del consumidor

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