Reforma a la Ley Antilavado, ¿Cuáles son sus principales aspectos?

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Uno de los principales propósitos es tener más control sobre las operaciones comerciales; los recursos con qué se realizan y las personas o sociedades involucradas en las mismas. Así, se busca frenar a los grupos delictivos que intentan lavar el dinero proveniente de negocios ilícitos.

La propuesta de reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (también conocida como Ley Antilavado), plantea que quienes realicen actividades vulnerables deberán conocer y evaluar sus riesgos de ser utilizados para cometer el delito de lavado de dinero; asimismo, regula la identificación de las Personas Políticamente Expuestas (PEP’s) e incluye a los fideicomisos como una de las principales obligaciones para prevenir el lavado de dinero, entre otras modificaciones. A continuación, te decimos los principales puntos de la reforma que debes tomar en cuenta.


¿Por qué nació la iniciativa?

Desde el año 2000, México forma parte del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), un organismo intergubernamental cuyo objetivo es imponer estándares para prevenir y combatir el lavado de dinero; el financiamiento al terrorismo; el financiamiento para la proliferación de armas de destrucción masiva y otras amenazas relacionadas con el sistema financiero. Este organismo trabaja con base en un documento llamado “Cuarenta Recomendaciones” que es donde se establecen todas las medidas que los países miembros de GAFI deben cumplir en estas materias.

Para revisar el cumplimiento de sus recomendaciones, el GAFI cuenta con mecanismos de evaluación. Así, cada vez que evalúa a unos de sus miembros, publica un reporte sobre los resultados y formula recomendaciones para que se mejore el nivel de cumplimiento de sus recomendaciones. Nuestro país ha sido evaluado en diversas ocasiones, siendo la última en enero de 2018. En esa ocasión, se señaló que México no cumplía cabalmente con las recomendaciones dirigidas al sector comercial (denominado por GAFI como Actividades o Profesiones no Financieras Designadas) sujeto a normas de prevención de lavado de dinero.

Por ello, a partir de esa última evaluación, los senadores Minerva Hernández Ramos, Alejandro Armenta Mier, Ricardo Monreal Ávila y Daniel Gutiérrez Castorena señalaron la necesidad de esta reforma a la Ley Antilavado para cumplir con las recomendaciones emitidas por el GAFI.

Así, el 26 de septiembre del presente año, las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda, presentaron el Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.


Los principales puntos de la reforma

Entre algunos de los temas que más destacan de la reforma están: (i) clasificar como actividades vulnerables los movimientos financieros de los equipos del futbol mexicano; (ii) establecer mayor vigilancia sobre donativos a iglesias, sindicatos y partidos políticos; (iii) identificar al beneficiario final de las operaciones, y (iv) que quienes realicen actividades vulnerables lleven a cabo una evaluación que les permita identificar, analizar entender y mitigar sus riesgos de ser utilizados en operaciones de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

Si deseas saber más sobre qué actividades comerciales se consideran actividades vulnerables en esta Ley, visita nuestro blog sobre: ¿Cuáles son las actividades vulnerables al lavado de dinero?

Asimismo, cuando se reforme la Ley Antilavado, quienes realizan actividades vulnerables, tendrán que identificar la operaciones comerciales que realicen las Personas Políticamente Expuestas (PEP’s), que la propia iniciativa de Ley define como: “a aquella persona que desempeña o ha desempeñado funciones públicas destacadas en un país extranjero o en territorio nacional, así como a las personas relacionadas con ellas, que cumplan con las condiciones y características que la Secretaría establezca en reglas o disposiciones de carácter general”.

De igual manera, el proyecto de reforma incluye a los fideicomisos como una de las principales obligaciones para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo; así, en caso de que se apruebe el dictamen, las personas físicas y morales se verán obligadas a robustecer sus herramientas de identificación para los casos que involucren este tipo de contrato.


El beneficiario final

Otro de los aspectos relevantes de la iniciativa se refiere a la identificación del beneficiario final de una operación que, para efectos de la Ley Antilavado, se define como: la persona física que, por medio de algún Cliente o Usuario, obtiene, a través de cualquier acto o mecanismo, el beneficio derivado de una Actividad Vulnerable realizada y es, en última instancia, el verdadero dueño de los recursos, al tener sobre estos derechos de uso, disfrute, aprovechamiento o disposición de un bien o servicio, o la persona o grupo de personas que tengan el control de una persona moral, aunque dicha persona moral no sea Cliente o Usuario de alguien que realice Actividades Vulnerables o se lleven a cabo actos u operaciones con éstos a su nombre.


Desconocimiento del alcance de las obligaciones, uno de los problemas a superar

Uno de los grandes problemas para el cumplimiento de esta Ley, es que aún no se conoce a profundidad por muchos de quienes realizan actividades vulnerables y que están obligados a ésta. Por ello, el cumplimiento de la Ley es muy bajo y ha dado lugar a que el SAT imponga multas millonarias a algunos sujetos obligados a quienes ha verificado y es que la multa por no enviar un aviso de una operación que se considere vulnerable va de 10 mil a 65 mil veces la Unidad de Medida y Actualización; es decir, entre 806 mil pesos y hasta 5 millones 239 mil pesos, para el año 2020.

De acuerdo con quienes presentan la iniciativa de reforma, ésta tiene como propósito tener más control sobre las operaciones comerciales; los recursos con qué se realizan y las personas o sociedades involucradas en las mismas. Así, se busca frenar a los grupos delictivos que intentan lavar el dinero proveniente de negocios ilícitos.

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Fuentes:

https://www.fatf-gafi.org/media/fatf/documents/reports/mer4/IEM-Mexico-2018-Spanish.pdf

https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/Reforma-a-la-Ley-Antilavado-por-mas-vigilancia-a-funcionarios-expuestos-a-corrupcion-20201001-0105.html

https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/Reforma-antilavado-castigaria-penalmente-a-personas-morales-por-financiamiento-al-terrorismo-20201002-0026.html

https://imcp.org.mx/reforma-advierten-riesgos-por-desconocer-ley-antilavado/

https://www.reforma.com/aplicacioneslibre/preacceso/articulo/default.aspx?__rval=1&urlredirect=https://www.reforma.com/propone-uif-reforma-a-ley-antilavado/ar1882673?referer=--7d616165662f3a3a6262623b727a7a7279703b767a783a--

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https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/80948/VSPP_GAFI___13042016.pdf


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