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Autor: Mtro. Héctor Canales Romero

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Delitos fiscales y la defensa del contribuyente

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Los impuestos son una parte fundamental en la construcción del Estado Constitucional de Derecho. Es importante que los contribuyentes estén enterados de las penas a enfrentar si se niegan a colaborar con el pago de los mismos, así como de sus derechos y defensa ante acusaciones de delitos fiscales.

Los impuestos son una parte fundamental en la construcción del Estado Constitucional de Derecho. Es importante que los contribuyentes estén enterados de las penas a enfrentar si se niegan a colaborar con el pago de los mismos, así como de sus derechos y defensa ante acusaciones de delitos fiscales.


¿Qué es un delito fiscal y a qué se le llama defensa penal fiscal?


Primeramente, conviene diferenciar a un delito de una “infracción administrativa”: en una infracción se amerita una pena económica en forma de multa, mientras que en un delito existe una transgresión llevada a cabo en contravención a una disposición legal que amerita una pena de prisión.


De acuerdo al Instituto Nacional de Ciencias Penales, se le conoce como delito fiscal a “aquella conducta descrita en la ley fiscal a la que se le atribuye una pena de prisión por violentar las normas del sistema tributario”. Para que se pueda considerar la existencia de un delito debe suceder una actuación voluntaria -dolosa- por parte del sujeto que lo comete.


Las penas establecidas para este tipo de acciones varían de acuerdo a los montos, a las agravantes y a la existencia de maquinaria e instrumentos utilizados en ellos. Es un juez quien determina si es necesario vincular a los acusados a proceso y, por consiguiente, a prisión preventiva.


Todo contribuyente debe, por obligación, identificar a las principales autoridades involucradas en la persecución de delitos fiscales. Además de los jueces encargados de resolver los conflictos en procesos fiscales, estas instituciones son las principales recopiladoras de evidencia que se expondrá durante los juicios correspondientes.


Dichas autoridades son la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Fiscalía General de la República (FGR).


En el derecho penal fiscal se establecen las consecuencias jurídicas de la conducta ilícita de las personas, así como los procesos y órganos estatales para aplicar las penas que se ameriten. Este tipo de derecho lo comprenden las normas que regulan las relaciones meramente jurídicas entre el Estado y los gobernados como contribuyentes. De todas estas, la más relevante es el Código Fiscal de la Federación.


Pero en toda acusación de delito, una persona tiene derecho a una defensa eficaz por ley. La defensa penal fiscal existe para presentarse ante cualquier contingencia de carácter fiscal que afecte a una persona en su esfera jurídica y debe proporcionar soluciones legales válidas, efectivas y oportunas.


Los delitos fiscales más comunes en México


Según el Instituto Nacional de Ciencias Penales, el Estado mexicano concibe cuatro tipos de delitos fiscales más comunes. Entre ellos:


  • Defraudación fiscal: o también conocido como evasión fiscal, es el delito más frecuente de todos. Consiste en engañar a la Secretaría de Hacienda a través de la evasión del pago de cualquier contribución.
  • Delitos de cuello blanco: son cometidos por una persona que manipula informes financieros, hace sobornos comerciales, participa en la corrupción de funcionarios para conseguir contratos, desvía fondos públicos o hace fraude fiscal.
  • Contrabando: consiste en introducir o extraer mercancías de maneras ilegales dentro de la República.
  • Cambio de domicilio fiscal: sucede al realizar un cambio de domicilio fiscal sin dar aviso al Sistema de Administración Tributaria (SAT).


¿Cómo puedo defenderme en un proceso fiscal?


Es importante recalcar que los contribuyentes acusados de delitos fiscales poseen diversas opciones para defenderse.


La primera es a través de recursos administrativos. Con la Defensa Administrativa, se pueden impugnar los actos y resoluciones de las autoridades fiscales que vulneren los derechos de los gobernados. Algunos recursos que este tipo de defensa ofrece son: el recurso de revocación, el recurso de inconformidad (tanto del Seguro Social como del INFONAVIT) y el recurso de revocación.


Para la Defensa Jurisdiccional se cuenta con un tercero imparcial que dirime las controversias entre autoridad y contribuyente. Los recursos disponibles son el juicio contencioso administrativo y el juicio de amparo.


Finalmente, la Defensa No Jurisdiccional del contribuyente es aquella en la que se utilizan los mecanismos que promueven y protegen los derechos de los contribuyentes mediante procesos propios. La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) defiende y observa los derechos de aquellos que pagan impuestos a través de varios servicios como el de quejas y reclamaciones, las asesorías, la representación legal y defensa, y los acuerdos conclusivos.


Agradezco el interés en el artículo, y en caso de tener alguna duda o necesitar asesoría legal en este tema, me encuentro a sus órdenes desde mi perfil profesional de Contacta Abogado®.


REFERENCIAS:

- Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. (2015). Lo que todo contribuyente debe saber. Recuperado de: https://www.prodecon.gob.mx/Documentos/Cultura%20Contributiva/publicaciones/defensa-del-contribuyente/files/downloads/todo_loq_contribuyente_julio27%5B4%5D.pdf

- Romero, C., Martínez, V. y Cacho, R. (2020). “Todo lo que usted quería saber sobre delitos fiscales”. México: Instituto Nacional de Ciencias Penales.

- Código Fiscal de la Federación. ISEF, México, 2005. Recuperado de: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf

- Rodríguez Mejía, G. (1995). Infracciones y delitos fiscales. Boletín Mexicano de Derecho Comparado, 1(82). doi:http://dx.doi.org/10.22201/iij.24484873e.1995.82.3326



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