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Autor: Esp. Pablo Adrián Espinoza Caballero

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Aspectos importantes sobre la NOM 247

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Está enfocada en proteger los intereses del consumidor para la compra-venta de vivienda y que en su contenido establece los lineamientos y requisitos para la comercialización de bienes inmuebles que son destinados a usarse como casa habitación.

En este artículo abordaremos temas importantes sobre la NOM-247-SE-202 “Prácticas comerciales-Requisitos de la información comercial y la publicidad de bienes inmuebles destinados a casa habitación y elementos mínimos que deben contener los contratos relacionados.”


¿Cuál es el principal objetivo que tiene esta NOM?

Está enfocada en proteger los intereses del consumidor para la compra-venta de vivienda y que en su contenido establece los lineamientos y requisitos para la comercialización de bienes inmuebles que son destinados a usarse como casa habitación.


De igual manera otros factores a resaltar sobre lo aplicable de esta NOM son:


• Los elementos mínimos que deben contener los contratos de compraventa de dichos bienes inmuebles.

• La NOM 247 es la encargada de reglamentar la implementación de las estrategias comerciales y de publicidad a través de elementos que un contrato de compraventa de una propiedad debe tener. Uno de los ejemplos claros que ayudo a fomentar esta ley fue la publicidad que se encontraban en los carteles de venta, utilizando logos de entidades públicas conocidas como FOVISSSTE o INFONAVIT, los cuales eran falsos.


Esta problemática se presentaba en diferentes ciudades de México, por lo cual la Secretaria de Economía en colaboración con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, crearon la Norma Oficial Mexicana NOM-247-SE-2021.


  • Una de las condiciones de esta nueva NOM es que las imágenes y otras descripciones no deben incitar a los consumidores a una confusión.
  • No utilizar mensajes que insinúen que la compra de una propiedad lo hace tener cualidades personales superiores de aquel que no realiza esta compra.
  • Ser honestos con la descripción del inmueble que está en venta, es decir, tipo de materiales, fecha de construcción, etc.
  • No se debe publicar avisos que desacrediten a alguna otra institución o marca.
  • El proveedor está obligado a informar y a respetar los precios, tarifas, garantías, cantidades, calidades, medidas, intereses, cargos, términos, restricciones, plazos, fechas, modalidades, reservaciones y demás condiciones aplicables en la comercialización de inmuebles.
  • El proveedor debe tener de manera asequible el proyecto ejecutivo de construcción, ya sea digital o en físico.
  • El proveedor debe informar al consumidor sobre el estado legal de la propiedad y/o posesión del bien inmueble.


• Se debe señalar que esta norma no es obligatoria para todos los particulares que pretendan transmitir su vivienda, sino únicamente por aquellos que tengan el carácter de proveedores, que para tales efectos son los fraccionadores, constructores, promotores, intermediarios en la asesoría o venta, y en general cualquier persona física o moral que se dedique directa o indirectamente a comercializar al público en general inmuebles destinados a casa habitación, en las siguientes modalidades:


*Promesa o preparatorio

*Compraventa de casa habitación

*Preventa

*Compraventa de terrenos, o

*Intermediación para la compraventa de inmuebles destinados a casa habitación.


Como ya se mencionó anteriormente la presente NOM es de observancia general y obligatoria para todas las personas físicas o morales que se dediquen, directa o indirectamente, a comercializar inmuebles destinados a casa habitación en la República Mexicana.


La NOM 247 no es una norma autónoma por sí misma, es una norma que regula las actividades que en materia de enajenación de bienes inmuebles se establecen en la Ley Federal de Protección al Consumidor (L.F.P.C.) y que no tiene como referente único la vinculación a esta misma.


Si tienes dudas sobre este u otros temas relacionados al sector inmobiliario no dudes en contactarme a través de mi perfil en Contacta Abogado®


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