¿Qué es el aguinaldo? Conoce los detalles sobre esta prestación

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El aguinaldo es una de las prestaciones laborales a las que tienen derecho todos los trabajadores, que consiste en un pago anual y con la moneda de curso legal en el país. El origen de esta prestación laboral se remonta a la cultura celta, en la que se otorgaba un regalo de año nuevo para brindar confort y desear buena suerte a través de obsequios como frutos secos.

En este artículo te contamos sobre esta importante prestación a la que tienes derecho, cómo se calcula y qué hacer en caso de no recibirlo.

Aguinaldo en México

A partir de la reforma a la Ley Federal del Trabajo de 1970, se establece que el aguinaldo es una prestación obligatoria a la que tienen derecho todos los trabajadores.

En la exposición de motivos de esta reforma podemos encontrar la razón del legislador para el aguinaldo, siendo que el pueblo mexicano celebra algunas festividades en el mes de diciembre, que lo obligan a efectuar gastos extras, lo que no puede hacer con su salario, porque éste está destinado a cubrir las necesidades diarias.

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo recoge esta costumbre mexicana y señala la obligación de pagar un aguinaldo anual, antes del veinte de diciembre de cada año, equivalente a quince días de salario, por lo menos.

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

Cabe mencionar que, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, aquellos trabajadores contratados por honorarios no tienen derecho a recibir aguinaldo, salvo que exista una subordinación laboral a través de la prestación de servicios permanentes a un patrón; cubrir un horario de trabajo de acuerdo con la jornada máxima legal (ocho horas diarias); reciba instrucciones de un superior inmediato, y tenga un lugar fijo de trabajo dentro de la empresa.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el monto mínimo a recibir es de 15 días de salario y, en caso de que no se haya trabajado durante el año completo, será la parte proporcional al tiempo trabajado.

Aquellos trabajadores que renuncien a su trabajo antes del 20 de diciembre también tendrán derecho a recibir la parte proporcional de aguinaldo.

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, en el caso de los trabajadores que cuentan con un salario fijo, el cálculo del aguinaldo se hace por día laborado; mientras que si el monto del salario es variable, se debe tomar como base el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días trabajados.

Recuerda que los periodos vacacionales; las licencias por maternidad o paternidad; los descansos semanales, y las incapacidades por riesgo de trabajo, siempre se contarán como días laborados para el cálculo del aguinaldo.

Si necesitas asesoría en tu empresa para realizar adecuadamente el pago de aguinaldo de tus colaboradores, puedes encontrar al mejor especialista en Contacta Abogado®.

¿Qué pasa si no recibo mi aguinaldo?

De acuerdo con el artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores cuentan con un periodo de un año a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible para reclamar el pago del aguinaldo.

Los patrones que no cumplan con esta prestación, o entreguen el aguinaldo incompleto o de manera tardía, serán acreedores a una multa.

En caso de no haber recibido tu aguinaldo en tiempo y forma, puedes encontrar la asesoría y representación adecuada en Contacta Abogado®, donde se encuentran los mejores especialistas en Derecho laboral.

Fuentes:

https://www.gob.mx/profedet/es/articulos/el-aguinaldo-en-mexico?idiom=es#:~:text=LA%20LEY%20FEDERAL%20DEL%20TRABAJO%20ESTABLECE%20EN%20EL%20ART%C3%8DCULO%2087,de%20salario%2C%20por%20lo%20menos.

https://www.gob.mx/profedet/articulos/conoce-mas-en-relacion-al-pago-del-aguinaldo?idiom=es

Ley Federal del Trabajo

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_020719.pdf

http://cronica.diputados.gob.mx/DDebates/47/2do/Ord/19681212.html


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