imagen de perfil

Ver perfil

icono

0 Estrellas

0 Opiniones

La adecuada defensa en el proceso penal

imagen del articulo

El primer aspecto de una adecuada defensa es la defensa técnica, la cual consiste en que debe ser realizado por un abogado que no solo cuente con un título y cédula profesional, sino también que cuente con los conocimientos técnicos necesarios en materia de litigación oral a efecto de que pueda dar certeza de que la defensa será adecuada al proceso.

Es importante recalcar que toda persona en su carácter de imputado o indiciado, tiene derecho a una adecuada defensa en un proceso penal, como bien lo señala la fracción VIII del artículo 20 de la Constitución Política Mexicana de los Estados Unidos Mexicanos. De igual forma en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), artículo 117, se estipulan las obligaciones de los defensores en un proceso legal. Y el cual deberá de reunir los requisitos del numeral 121 de dicho ordenamiento.

Aspectos de una adecuada defensa

El primer aspecto de una adecuada defensa es la defensa técnica, la cual consiste en que debe ser realizado por un abogado que no solo cuente con un título y cédula profesional, sino también que cuente con los conocimientos técnicos necesarios en materia de litigación oral a efecto de que pueda dar certeza de que la defensa será adecuada al proceso. Ello materializado mediante actos de contradicción, impugnación, solicitud probatoria y alegación que deberá de ser ejercida de acuerdo con las circunstancias específicas del caso y de los diferentes elementos probatorios recaudados.

En cuanto a la defensa material es el aspecto importante pues consiste en el ejercicio de los derechos que la constitución, códigos, leyes y tratados le confieren al imputado o indiciado durante su proceso, pues es importante que el abogado tenga pleno conocimiento para que pueda verdaderamente defender al imputado durante su proceso penal, ambos aspectos, el técnico y el material, representan el derecho instrumental de asegurar que un procedo punitivo será justo y que el Estado garantice los derechos fundamentales de un imputado.

Con los cambios que ha tenido el Sistema Penal, ahora se le exige mayor preparación y compromiso al abogado defensor, debe contar también con los conocimientos y habilidades correctas desempeñarse lo mejor posible en la representación de una persona.

Obligaciones de un defensor

Como lo mencioné al principio del presente artículo, el Código Nacional de Procedimientos Penales señala que un defensor tiene reunir ciertas cualidades, independientemente de las obligaciones que debe de realizar en el pleno ejercicio de la profesión, no importando si el abogado lo es de índole privado o un defensor público. Las obligaciones las enumero tal y como vienen en el código:

I. Entrevistar al imputado para conocer directamente su versión de los hechos que motivan la investigación, a fin de ofrecer los datos y medios de prueba pertinentes que sean necesarios para llevar a cabo una adecuada defensa;

II. Asesorar al imputado sobre la naturaleza y las consecuencias jurídicas de los hechos punibles que se le atribuyen;

III. Comparecer y asistir jurídicamente al imputado en el momento en que rinda su declaración, así como en cualquier diligencia o audiencia que establezca la ley;

IV. Analizar las constancias que obren en la carpeta de investigación, a fin de contar con mayores elementos para la defensa;

V. Comunicarse directa y personalmente con el imputado, cuando lo estime conveniente, siempre y cuando esto no altere el desarrollo normal de las audiencias;

VI. Recabar y ofrecer los medios de prueba necesarios para la defensa;

VII. Presentar los argumentos y datos de prueba que desvirtúen la existencia del hecho que la ley señala como delito, o aquellos que permitan hacer valer la procedencia de alguna causal de inimputabilidad, sobreseimiento o excluyente de responsabilidad a favor del imputado y la prescripción de la acción penal o cualquier otra causal legal que sea en beneficio del imputado;

VIII. Solicitar el no ejercicio de la acción penal;

IX. Ofrecer los datos o medios de prueba en la audiencia correspondientes y promover la exclusión de los ofrecidos por el Ministerio Público o la víctima u ofendido cuando no se ajusten a la ley;

X. Promover a favor del imputado la aplicación de mecanismos alternativos de solución de controversias o formas anticipadas de terminación del proceso penal, de conformidad con las disposiciones aplicables;

XI. Participar en la audiencia de juicio, en la que podrá exponer sus alegatos de apertura, desahogar las pruebas ofrecidas, controvertir las de los otros intervinientes, hacer las objeciones que procedan y formular sus alegatos finales;

XII. Mantener informado al imputado sobre el desarrollo y seguimiento del procedimiento o juicio;

XIII. En los casos en que proceda, formular solicitudes de procedimientos especiales;

XIV. Guardar el secreto profesional en el desempeño de sus funciones;

XV. Interponer los recursos e incidentes en términos de este Código y de la legislación aplicable y, en su caso, promover el juicio de Amparo;

XVI. Informar a los imputados y a sus familiares la situación jurídica en que se encuentre su defensa, y

XVII. Las demás que señalen las leyes.

En la actualidad ya no es suficiente solo la presentación de argumentos escritos, ahora es muy importante que el abogado esté preparado para defender sus argumentos de forma oral ante un juez de control o bien ante un tribunal de juicio oral.

Se enumeran tal cual, pues ellas son la clave fundamental del quehacer diario dentro del ejercicio de la profesión como abogado penalista, siendo el punto toral de una buena defensa tener una comunicación y confianza entre defensor y defendido, que se tenga conocimiento de los medios alternativos de solución de controversias, de los medios y mecanismos de aceleración del proceso penal los cuales en todo momento deben de aplicarse en beneficio de nuestros clientes.

Como se puede ver, en la actualidad ya no es suficiente solo la presentación de argumentos escritos, ahora es muy importante que el abogado esté preparado para defender sus argumentos de forma oral ante un juez de control o bien ante un tribunal de juicio oral, de esta forma el proceso es más transparente y justo.

Quiero recordarle a la comunidad que como abogado titular de M & M Consultores tenemos pasión por la justicia y que me encuentro a sus ordenes en la plataforma Contacta Abogado® donde podrán encontrar mi perfil profesional y mis datos de contacto. Agradezco a la plataforma el espacio para este artículo.




Fuentes:

Código Federal de Procedimientos Penales

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

icono like
6 Me gusta

Derecho penal

demandas

asesoramiento jurídico

abogados especializados

servicios legales

Compartir

Compartir