¿Qué es un procedimiento abreviado?

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El procedimiento abreviado es una forma de terminar el proceso judicial antes de llegar a la etapa de juicio oral; siendo que, en este procedimiento, es el juez de control quien dicta la sentencia correspondiente.

El procedimiento abreviado tiene sus orígenes en el sistema jurídico anglosajón. A partir de la declaración de culpa del acusado, se otorgan a éste beneficios. El artículo 20, A, VII de la Constitución Federal dispone:

“…Si el imputado reconoce ante la autoridad judicial, voluntariamente y con conocimiento de las consecuencias, su participación en el delito y existen medios de convicción suficientes para corroborar la imputación, el juez citará a audiencia de sentencia. La ley establecerá los beneficios que se podrán otorgar al inculpado cuando acepte su responsabilidad”.

¿Qué es un procedimiento abreviado?

El artículo 185 del Código Nacional de Procedimientos Penales, señala que el procedimiento abreviado es una forma de terminación anticipada del proceso. Asimismo, en la primera parte del numeral 20, inciso A, fracción VII de nuestra Constitución, establece que una vez iniciado el proceso penal, siempre y cuando no exista oposición del inculpado, se podrá decretar su terminación anticipada en los supuestos y modalidades que determine la ley.

Esto quiere decir que el procedimiento abreviado es una forma de terminar el proceso judicial antes de llegar a la etapa de juicio oral; siendo que, en este procedimiento, es el juez de control quien dicta la sentencia correspondiente.

De acuerdo con el periódico La Jornada, los procedimientos abreviados actualmente representan la solución de la mayoría de los conflictos penales en los países que poseen sistemas judiciales modernos y permiten renunciar al juicio y a la producción de pruebas a través de un acuerdo entre las partes. Además, una de sus principales ventajas es el ahorro de tiempo y recursos.

¿Cuáles son los requisitos para este procedimiento?

Los requisitos del procedimiento abreviado se establecen en el artículo 201 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y son los siguientes:

1. Que el Ministerio Público lo solicite. La solicitud deberá contener la acusación, además de exponer los datos de prueba en que se basa. Se narrarán los hechos que se le atribuyen al acusado, la clasificación jurídica, el grado de intervención, así como las penas y el monto de la reparación del daño;

2. Que la víctima u ofendido no se opongan. Si se presentara el caso en que la víctima u ofendido se opusieran, solo se tomará en cuenta si su oposición es fundada; no obstante, en el artículo 204 del Código Nacional de Procedimientos Penales se señala que: La oposición de la víctima u ofendido sólo será procedente cuando se acredite ante el Juez de control que no se encuentra debidamente garantizada la reparación del daño;

3. Que el acusado reconozca saber que tiene derecho a un juicio oral y los alcances del procedimiento abreviado. Deberá renunciar de manera expresa al juicio oral, aceptar el procedimiento abreviado, admita su responsabilidad en el delito y, además, acepte ser sentenciado con base en las pruebas que exponga el Ministerio Público cuando formule la acusación.

Aunque existen diferentes tipos de abogados, un Abogado Penal es quien podrá ayudarte en un procedimiento abreviado.

Los procedimientos abreviados actualmente representan la solución de la mayoría de los conflictos penales en los países que poseen sistemas judiciales modernos y permiten renunciar al juicio y a la producción de pruebas a través de un acuerdo entre las partes.

¿Cómo ayuda al acusado este procedimiento?

El acusado que reciba una sentencia mediante un procedimiento abreviado podrá recibir la reducción en la sanción que le hubiere correspondido al delito por el cual se le acusa Esa reducción tiene su base en el artículo 202 del Código Nacional de Procedimientos Penales:

“Cuando el acusado no haya sido condenado previamente por delito doloso y el delito por el cual se lleva a cabo el procedimiento abreviado es sancionado con pena de prisión cuya media aritmética no exceda de cinco años, incluidas sus calificativas atenuantes o agravantes, el Ministerio Público podrá solicitar la reducción de hasta una mitad de la pena mínima en los casos de delitos dolosos y hasta dos terceras partes de la pena mínima en el caso de delitos culposos, de la pena de prisión que le correspondiere al delito por el cual acusa.

En cualquier caso, el Ministerio Público podrá solicitar la reducción de hasta un tercio de la mínima en los casos de delitos dolosos y hasta en una mitad de la mínima en el caso de delitos culposos, de la pena de prisión.”

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Fuentes:

Código Nacional de Procedimientos Penales

Conceptos Jurídicos: Procedimiento Abreviado

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Enlaces de interés:

Elías Gerardo Cepeda Morado. El procedimiento abreviado en el sistema jurídico mexicano: naturaleza, efectos, reglas y condiciones

Foro Jurídico: El procedimiento abreviado

La Jornada: Procedimiento abreviado soluciona mayor parte de conflictos penales

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