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Publicado: 3 junio 2021
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En el presente artículo te explicamos qué es la acción penal, los fundamentos jurídicos de la prescripción y cuáles son los delitos que no prescriben.
De acuerdo con la revista Foro Jurídico, la prescripción es una figura que, al incorporarse al Código Penal Federal y a los Códigos Penales de las Entidades Federativas, se utiliza para identificar la extinción de la acción penal o extinguir la responsabilidad penal por el simple transcurso del tiempo que la ley especifique para ello.
La revista de Foro Jurídico define a la acción penal como la actividad del Estado cuya finalidad consiste en lograr que los órganos jurisdiccionales apliquen la ley punitiva a casos concretos. De esta forma, el artículo 21 de la Constitución Federal, establece que el ejercicio de la acción penal ante los tribunales corresponde al Ministerio Público y, excepcionalmente, los particulares podrán ejercerla ante la autoridad judicial.
En este orden de ideas, el Título Quinto del Código Penal Federal (CPF) establece las causas de extinción de la acción penal, las cuales se dividen por capítulos, siendo estas las siguientes:
El artículo 100 del CPF establece que por la prescripción se extinguen la acción penal y las sanciones. Asimismo, el artículo 101, prevé que la prescripción es personal y para ella bastará el simple transcurso del tiempo señalado por la ley.
Siguiendo este orden de ideas, los plazos para la prescripción de la acción penal serán continuos y en ellos se considerará el delito con sus modalidades. Así, el plazo de la prescripción de la acción penal se contará de la siguiente manera:
Dicho lo cual, con fundamento en los artículos 104, 105 y 106 del CPF, la acción penal prescribe de acuerdo con lo siguiente:
Ahora bien, de conformidad con el artículo 110 del ordenamiento en cita, la prescripción se interrumpirá por las actuaciones que se practiquen en la investigación y de los imputados. Asimismo, también se interrumpirá:
El jueves 29 de abril de 2021, el Pleno del Senado de la República aprobó, por unanimidad, la reforma al Código Penal Federal para eliminar la prescripción de los delitos sexuales contra menores de 18 años y asegurar que estos ilícitos se puedan sancionar, sin que se extinga la responsabilidad penal por el transcurso del tiempo.
El dictamen aprobado establece que los delitos que deben ser catalogados como imprescriptibles, por la gravedad hacía las personas afectadas, son: distribución de pornografía infantil, corrupción de menores, pornografía, turismo sexual infantil y acoso sexual de menores de edad.
Además, también serán imprescriptibles el lenocinio; la pederastia; el abuso sexual; tener cópula con persona mayor de 15 años y menor de 18, obteniendo su consentimiento por medio de engaños; así como la violación equiparada a personas de este rango de edad, que no tengan capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no puedan resistirlo.
Este dictamen aprobado por los Senadores se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales conducentes.
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Fuentes:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
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