Solicitud de refugio en México

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En México, la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, tiene por objeto regular el otorgamiento de asilo político, el reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de protección complementaria.

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) informó que el número de solicitudes de asilo en México batió su récord en marzo de 2021 con más de 9,000 peticiones. Esto demuestra los esfuerzos de nuestro país para ofrecer protección a quienes huyen para salvar sus vidas. A continuación, te contamos más al respecto.

¿Bajo qué marco jurídico se rige la solicitud de refugio en México?

En México, la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, tiene por objeto regular el otorgamiento de asilo político, el reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de protección complementaria, así como establecer las bases para la atención a los solicitantes y asistencia a los asilados y refugiados que se encuentran en territorio nacional, con la finalidad de garantizar el pleno respeto a sus derechos humanos.

De acuerdo con el artículo 2° de la Ley, se entiende por “asilo político” a: la protección que el Estado Mexicano otorga a un extranjero considerado perseguido por motivos o delitos de carácter político o por aquellos delitos del fuero común que tengan conexión con motivos políticos, cuya vida, libertad o seguridad se encuentre en peligro, el cual podrá ser solicitado por vía diplomática o territorial. En todo momento se entenderá por Asilo el Asilo Político.

Al amparo de dicha Ley, un extranjero puede solicitar asilo político o la condición de refugiado.

Condición de refugiado

De acuerdo con el artículo 11 de la Ley, todo extranjero que se encuentre en territorio nacional tiene derecho a solicitar, por sí, por su representante legal o por interpósita persona, el reconocimiento de la condición de refugiado.

En este sentido, el artículo 13 del mismo ordenamiento, establece que la condición de refugiado se reconocerá a todo extranjero que se encuentre en territorio nacional, bajo alguno de los siguientes supuestos:

  • Que debido a fundados temores de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él;
  • Que ha huido de su país de origen, porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público, y
  • Que debido a circunstancias que hayan surgido en su país de origen o como resultado de actividades realizadas, durante su estancia en territorio nacional, tenga fundados temores de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, o su vida, seguridad o libertad pudieran ser amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público.

Para saber más sobre cómo solicitar la condición de refugiado en México, te recomendamos visitar la página de la Agencia de la ONU para los Refugiados aquí.

Puede solicitar asilo quien considere que se encuentra en riesgo en su país de origen, o que se ve en la necesidad de abandonar su país en busca de seguridad en otro.

Asilo Político

De acuerdo con el artículo 61 de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, todo extranjero que encuentre en peligro su vida, libertad o seguridad por ideas o actividades políticas directamente relacionadas con su perfil público, y carezca de la protección de su país, podrá solicitar el otorgamiento de asilo político ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, sus delegaciones localizadas fuera de la Ciudad de México o la Representación, según corresponda.

En este sentido, puede solicitar asilo quien considere que se encuentra en riesgo en su país de origen, o que se ve en la necesidad de abandonar su país en busca de seguridad en otro. A diferencia de los migrantes, quienes si deciden volver a su país continuarán recibiendo la protección de su gobierno, los refugiados no pueden regresar a casa de forma segura.

Cuando una persona solicita asilo o refugio, el Estado va a determinar si la persona es efectivamente un refugiado, en cuyo caso protegerá a esa persona contra la devolución, permitiéndole a esta permanecer en su territorio y proveer acceso a estándares de trato digno y soluciones duraderas.

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Fuentes:

Agencia de la ONU para los Refugiados. Pasos para solicitar la condición de refugiado en México

Agencia de la ONU para los Refugiados. Asilo y condición de refugiado

Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político

Organización de las Naciones Unidas. Las solicitudes de asilo en México baten su récord en marzo





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