El papel del IPH en la defensa

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El artículo 51 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), sobre la utilización de medios electrónicos, durante todo el proceso penal se podrán utilizar los medios electrónicos en las actuaciones, para facilitar su operación, incluyendo el IPH.

El Informe Policial Homologado (IPH) es un documento en el que la policía puede recabar información sobre un hecho probablemente delictivo y de la detención que, en su caso, se realice. Su objetivo es hacer más eficientes las puestas a disposición y garantizar el debido proceso, evitando así malas prácticas como las detenciones arbitrarias o la fabricación de culpables.

El IPH tiene un papel importante en este proceso. A continuación, te decimos cuál es. Recuerda que, en Contacta Abogado® puedes encontrar asesoría legal fácil y rápido.

El IPH en el Código Nacional de Procedimientos Penales

De acuerdo con el artículo 51 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), sobre la utilización de medios electrónicos, durante todo el proceso penal se podrán utilizar los medios electrónicos en las actuaciones, para facilitar su operación, incluyendo el IPH.

Asimismo, el artículo 132 del CNPP establece que el Policía deberá actuar bajo la conducción y mando del Ministerio Público en la investigación de los delitos en estricto apego a los principios de legalidad, objetividad eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en nuestra Constitución.

El artículo previamente mencionado, en su fracción XIV establece que el Policía tiene la obligación de: Emitir el informe policial y demás documentos, de conformidad con las disposiciones aplicables. Para tal efecto se podrá apoyar en los conocimientos que resulten necesarios, sin que ello tenga el carácter de informes periciales.

El Registro Nacional de Detenciones deberá realizarse sin demérito de la autoridad que efectúe la detención cumpla con la obligación de emitir el IPH. Para saber más sobre este registro, visita nuestro artículo aquí.

Por otro lado, el artículo 117 del CNPP, en su fracción IV, establece que es obligación del defensor analizar las constancias que obren en la carpeta de investigación, a fin de contar con mayores elementos para la defensa.

Es obligación del defensor analizar las constancias que obren en la carpeta de investigación, a fin de contar con mayores elementos para la defensa.

¿Qué debe contener un Informe Policial Homologado?

De acuerdo con el artículo 18 de la Ley Nacional del Registro de Detenciones, se deberá realizar un registro sin demérito de que la autoridad que efectúe la detención cumpla con la obligación de emitir su respectivo informe policial. El registro a que se refiere dicho numeral deberá contener, al menos, los siguientes elementos:

  • Nombre;
  • Edad;
  • Sexo;
  • Lugar, fecha y hora en que se haya practicado la detención;
  • Motivos de la detención;
  • Nombre o nombres de quienes hayan intervenido en la detención;
  • Autoridad a la que será puesta a disposición;
  • Nombre de algún familiar o persona de confianza, si el detenido accede a proporcionarlo;
  • Señalamiento de si la persona detenida presenta lesiones, y
  • Los demás datos que determine el Centro Nacional de Información.

Te invitamos a leer el artículo: ¿Qué es el informe policial homologado IPH? Para saber más de este importante tema.

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Fuentes:

El artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: primer párrafo apartado A

Código Nacional de Procedimientos Penales

Ley Nacional del Registro de Detenciones



Enlaces de interés:

Registro Nacional de Detenciones

¿Qué es el informe policial homologado IPH?






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