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Publicado: 3 septiembre 2021
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Un activo en Derecho se define como el conjunto de recursos, bienes, derecho y valores que una persona o empresa posee y que forma su estructura económica.
El lavado de dinero es una actividad que pretende reinsertar a la economía formal activos o dineros adquiridos de forma ilícita. Los mecanismos son muchos y es difícil detectarlos, pero con la nueva Ley antilavado, se pretende detectar más fácilmente este tipo actividades y prevenirlas.
Un activo en Derecho se define como el conjunto de recursos, bienes, derecho y valores que una persona o empresa posee y que forma su estructura económica. Estos bienes pueden ser obtenidos de forma licita, mediante inversiones, pagos por servicios o generados por una mera actividad comercial.
Los activos de procedencia ilícita tienen la característica de ser obtenidos por medio ilegales, tales como: tráfico de drogas, contrabando, extorsiones, fraude, evasión fiscal, etc. Este tipo de activos, al no poder ser declarados ante Hacienda, no pueden ser utilizados.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) señala que existen tres etapas del lavado de dinero, las cuales son:
Con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), se señalan nuevos mecanismos para identificar recursos de procedencia ilícita. La ley señala que ahora hay nuevas obligaciones para las empresas entre las que se encuentran:
El lavado de dinero es un delito al que se está persiguiendo con más ahínco durante esta administración.
Con estas medidas se pretende que pueda ser más fácil la identificación de activos de procedencia ilícita.
En el Código Penal Federal se establecen las penas para quienes se involucren en este ilícito. El código señala:
Se impondrá de cinco a quince años de prisión y de mil a cinco mil días multa al que, por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas:
I. Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, o
II. Oculte, encubra o pretenda ocultar o encubrir la naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento, propiedad o titularidad de recursos, derechos o bienes, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita.
Quiero agradecer a la plataforma Contacta Abogado® por el espacio para hablar sobre este tema tan importante en la actualidad. Puedes encontrar mi información de contacto en mi perfil.
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