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Publicado: 22 Julio 2021
Lectura: 3 minutos
Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
En México toda persona tiene derecho a solicitar información a las autoridades públicas, y estas tienen la obligación de entregarla sin que el solicitante deba justificar su uso o interés. Este es el precepto constitucional bajo el que se sustenta el derecho de acceso a la información pública.
El artículo 6° Constitucional señala al derecho al acceso a la información pública como un derecho fundamental. En síntesis, la ley dicta lo siguiente:
Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet. Para tales efectos, el Estado establecerá condiciones de competencia efectiva en la prestación de dichos
servicios.
Instancias que están obligadas a entregar información
Se le puede solicitar información a organismos públicos entre otros como CFE, SAT, INE,. También tenemos que están obligados por ley:
El tipo de información que se puede solicitar debe ir en un soporte ya sea escrito, impreso, sonoro, visual o electrónico. Puede ser índole:
El INAI es el organismo constitucional autónomo que se encarga de vigilar el cumplimiento de los dos derechos fundamentales: el de acceso a la información pública y el de protección de datos personales.
La información que por sus características se clasifique como información de acceso restringido, no podrá ser entregada si se solicita, o en su caso una versión publica del documento. Existen dos modalidades: reservada, cuando pueda comprometer la seguridad nacional o de cualquier persona, Menoscabar la conducción de las negociaciones o bien, de las relaciones internacionales, dañar la estabilidad financiera, económica o monetaria del país la que por disposición expresa de una Ley sea considerada confidencial, reservada, comercial reservada o gubernamental confidencial; los secretos comercial, industrial, fiscal, bancario, fiduciario u otro considerado como tal por una disposición legal; las averiguaciones previas y de acceso confidencial, relativa a las personas y protegida por el derecho fundamental a la privacidad.
El INAI es el organismo constitucional autónomo que se encarga de vigilar el cumplimiento de los dos derechos fundamentales: el de acceso a la información pública y el de protección de datos personales.
A esta institución puedes acudir si deseas solicitar algún tipo de información antes mencionada, para lo cual debes acudir con los siguientes datos:
El plazo para recibir respuesta de la instancia a la que se solicita la información no debe exceder los 20 días hábiles.
Es importante saber que tenemos el derecho de solicitar información al gobierno y que éste debe proporcionarla sin miramientos. Agradezco a la plataforma Contacta Abogado® por el espacio para publicar este artículo.
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