¿Qué son las Zonas de salvaguarda territoriales?

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Las áreas naturales protegidas se ha vuelto muy importante para los gobiernos del mundo, por lo que a continuación explicamos cómo se designa una zona de salvaguarda en México.

De acuerdo con el artículo 4º de la Ley de Hidrocarburos, las zonas de salvaguarda son aquellas áreas de reserva en la que el Estado prohíbe las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos. Preservar la biodiversidad y las áreas naturales protegidas se ha vuelto muy importante para los gobiernos del mundo, por lo que a continuación explicamos cómo se designa una zona de salvaguarda en México.

¿Qué son las zonas de salvaguarda?

Para comprender lo que implica el establecimiento de una zona de salvaguarda, es importante definir lo que debe entenderse por “actividades de exploración y extracción de hidrocarburos”. Los hidrocarburos son: petróleo, gas natural, condensados, líquidos de gas natural e hidratos de metano.

En este sentido, el artículo 4º de la Ley de Hidrocarburos define la exploración como aquella: actividad o conjunto de actividades que se valen de métodos directos, incluyendo la perforación de pozos, encaminadas a la identificación, descubrimiento y evaluación de Hidrocarburos en el Subsuelo, en un área definida.

Mientras que, la extracción se define como aquella: actividad o conjunto de actividades destinadas a la producción de Hidrocarburos, incluyendo la perforación de pozos de producción, la inyección y la estimulación de yacimientos, la recuperación mejorada, la Recolección, el acondicionamiento y separación de Hidrocarburos, la eliminación de agua y sedimentos, dentro del Área Contractual o de Asignación, así como la construcción, localización, operación, uso, abandono y desmantelamiento de instalaciones para la producción.

¿Quién establece las zonas de salvaguarda?

De acuerdo con el artículo 41 de la Ley de Hidrocarburos, el Presidente de la República, a propuesta de la Secretaría de Energía, establecerá zonas de salvaguarda en las áreas de reserva en las que el Estado determine prohibir las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos. La incorporación y desincorporación de áreas específicas a las zonas de salvaguarda se realizará mediante decreto presidencial, fundado en los dictámenes técnicos respectivos.

Cabe destacar que, en las Áreas Naturales Protegidas (ANP) no se otorgarán asignaciones ni contratos para la exploración y extracción de Hidrocarburos. Las ANP son porciones terrestres o acuáticas del territorio nacional representativas de los diversos ecosistemas. Si deseas saber más sobre este tema, visita nuestro artículo aquí.

En las áreas protegidas está prohibido realizar actividades de exploración y extracción de hidrocarburos.

¿Cómo se establecen las zonas de salvaguarda?

De acuerdo con el artículo 61 del Reglamento de la Ley de Hidrocarburos, la Secretaría de Energía, con apoyo técnico de la Comisión Nacional de Hidrocarburos emitirá los dictámenes técnicos necesarios para la incorporación y desincorporación de áreas específicas a las zonas de salvaguarda, mismos que considerarán lo siguiente:

I. Ubicación y descripción detallada de la Zona de Salvaguarda;

II. Causas que justifican la incorporación o desincorporación de las Zonas de Salvaguarda, entre las que se podrán encontrar:

a. Administración eficiente de los recursos del subsuelo en el tiempo y cumplimiento de la política pública en materia energética;

b. Evaluación de la disponibilidad tecnológica para la eficiente Extracción de Hidrocarburos;

c. Cumplimiento con la política económica, social, cultural y ambiental, y

d. Los demás que determine la Secretaría.

El papel de un abogado ambiental es cada vez más solicitado, te invitamos a leer el artículo El papel del Derecho en la defensa del medio ambiente para saber más sobre este tema.

Zonas de salvaguarda en México

En la página web de la Secretaría de Energía, podemos encontrar los cinco decretos por los que se establecen diversas zonas de salvaguarda. En este sentido, las áreas en las que está prohibido realizar actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en nuestro país son las siguientes:

  • Arrecifes de Coral del Golfo de México y Caribe Mexicano: localizada en el litoral de los Estados de Campeche, Veracruz, Quintana Roo y Yucatán.
  • Golfo de California, Península de Baja California y Pacífico Sudcaliforniano: localizada en los estados de Baja California, Baja California Sur, Sinaloa, Sonora y Nayarit.
  • Manglares y Sitios Ramsar: localizada en distintos puntos de las entidades federativas.
  • Plataforma de Yucatán y Caribe Mexicano: localizada en los estados de Campeche, Quintana Roo y Yucatán.
  • Región Selva Lacandona: localizada en el estado de Chiapas.

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Fuentes:

Ley de Hidrocarburos (última reforma publicada en el DOF el 20 de mayo de 2021)

Reglamento de la Ley de Hidrocarburos (publicado en el DOF el 31 de noviembre de 2014)

Secretaría de Energía. Zonas de Salvaguarda

Zonas de Salvaguarda Dictámenes y Decretos


Enlaces de interés:

El papel del Derecho en la defensa del medio ambiente

Qué son las Áreas naturales protegidas





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