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Iniciativa de Ley en Materia de Subcontratación

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El objetivo principal de la propuesta radica en prohibir la subcontratación de personal y establecer las condiciones bajo las cuáles las empresas podrán contratar la prestación de servicios especializados.

El pasado 12 de noviembre del 2020, el presidente Andrés Manuel López Obrador, firmó la iniciativa que reforma la Ley Federal del Trabajo, el Código Fiscal y leyes del Seguro Social, INFONAVIT, ISR e IVA.

El objetivo principal de la propuesta radica en prohibir la subcontratación de personal y establecer las condiciones bajo las cuáles las empresas podrán contratar la prestación de servicios especializados. Es decir, quedará prohibido que las empresas simulen relaciones laborales, y sus trabajadores estén en realidad contratados por terceros, estableciendo sanciones para quienes utilicen o se beneficien de la subcontratación.

Reformas que contiene la Iniciativa

Ley Federal del Trabajo, algunas de las más relevantes:

• Los servicios y obras especializadas sí serán permitidos, siempre y cuando no formen parte del objeto social o actividad económica de la empresa que los contrate a un tercero.

• Igualmente, tendrá como condicionante que cuente con la autorización de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como formar parte de un padrón público de prestadoras de servicios especializados.

• La figura de “intermediario” no podrá ser considerada en ningún caso como “patrón”, pero sí podrá tener intervención en el reclutamiento, selección, entrenamiento, capacitación y otros.

• Aún y cuando exista una negativa patronal para atender los requerimientos por parte de la autoridad laboral, ésta podrá continuar con las diligencias y ejercicio pleno de sus facultades.

En las recientes reformas también se han hecho cambios en la Ley Federal del Trabajo para regular el teletrabajo, lee el siguiente artículo para saber más: Las nuevas formas de trabajo.

Ley del Seguro Social

De acuerdo con algunos datos proporcionados por el Instituto Mexicano del Seguro Social, se sabe que el crecimiento anual de la subcontratación es de 200 mil trabajadores y que principalmente se encuentran colocados en los sectores de turismo y manufactureras, entre otros.

Derivado de las malas prácticas utilizadas con la subcontratación, se han visto afectados los

derechos laborales y de seguridad social de quienes trabajan bajo este esquema.

Algunas reformas son:

• La persona física o moral que contrate la prestación de servicios con una empresa que incumpla sus obligaciones, en materia de seguridad social, será responsable solidaria en relación con las personas trabajadoras.

• Se deberán celebrar convenios de colaboración, para el intercambio de información y realización de acciones de verificación conjuntas.

• Se propone eliminar la facilidad administrativa que se otorgaba a las empresas de “outsourcing”, para aperturar un registro patronal a nivel nacional.

• Se sancionará por no presentar en el plazo establecido la información requerida por la autoridad, señalada en el artículo 15 A de la Ley del Seguro Social.

Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT)

El titular del Ejecutivo señala que los esquemas de subcontratación afectan el acceso al financiamiento y derecho a la vivienda, o derechohabientes que sufrieron modificaciones salariales derivadas de la subcontratación, ven afectada su liquidez para continuar pagando sus créditos.

La iniciativa plantea:

• Homologar los requisitos establecidos en el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, y 29Bis de la Ley del INFONAVIT.

• Celebración de convenios entre el INFONAVIT y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones.

Código Fiscal de la Federación

Debido a las malas prácticas utilizadas con la subcontratación, la iniciativa lo plasma como un esquema ilegal, utilizado para disminuir el pago de impuestos.

Algunas de las reformas son:

• No podrán tener efectos fiscales los pagos o contraprestaciones que se hayan realizado con motivo de la subcontratación de personal.

• Se adiciona una definición en materia fiscal para la figura de la subcontratación de personal, para inhibir prácticas indebidas, como la evasión o elusión fiscal.

• Propone incorporar el supuesto de responsabilidad solidaria para el contratante de los servicios de subcontratación.

• Se incorpora el supuesto de reincidencia por deducir o acreditar servicios ilegales, que deberá tener el tratamiento de agravante para efectos de imposición de multas.

• Será considerada defraudación fiscal calificada, la conducta consistente en utilizar esquemas simulados o realizar la subcontratación, con el fin de evadir el pago de ISR, IVA o Cuotas del IMSS e INFONAVIT.

Ley del Impuesto Sobre la Renta

• La deducción de pagos de ISR, tendrá como condicionante que se trate de la prestación de servicios especializados o ejecución de obras especializadas.

• La subcontratación de personal será no deducible.

Ley del Impuesto al Valor Agregado

• No se darán efectos fiscales de deducción o acreditamiento a la subcontratación de personal.

• El impuesto que se traslade al contribuyente por la prestación de servicios, en ningún caso será acreditable.

• Para que el impuesto al valor agregado sea acreditable en el caso de la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, se deberán cumplir diversos requisitos y de no acreditarlos en tiempo y forma, el contratante deberá presentar una declaración complementaria en la cual disminuya los montos que hubiera acreditado por dicho concepto.











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Derecho laboral

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