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Publicado: 20 Agosto 2021
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A partir de esta reforma, el artículo 12 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que: queda prohibida la subcontratación de personal, entendiéndose ésta cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.
El outsourcing es un término en inglés que se puede traducir como “de fuente externa”. Ahora bien, en términos laborales en nuestra legislación no existe el outsourcing; sino la “subcontratación” que, en términos generales, es un esquema que consiste en que una empresa delega algunas responsabilidades a ciertos proveedores para enfocarse en sus tareas primordiales. Este esquema se utiliza, básicamente, con la finalidad de simplificar la gestión de recursos humanos, así como reducir el tiempo y los costos para su negocio.
El 23 de abril de este año se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y otras leyes, en materia de Subcontratación Laboral. Si deseas conocer más sobre el outsourcing en México, te invitamos a leer nuestro artículo: ¿Qué es el Outsourcing?
A partir de esta reforma, el artículo 12 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que: queda prohibida la subcontratación de personal, entendiéndose ésta cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.
Sin embargo, el artículo 13 del mismo ordenamiento permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, siempre que el contratista se encuentre registrado en el padrón público a que se refiere el artículo 15 de esta Ley.
Asimismo, el artículo 14 de la LFT establece que la subcontratación de los servicios especializados o de ejecución de obras especializadas deberá formalizarse mediante contrato por escrito, en el que se señale:
Asimismo, de acuerdo con el artículo 15 de la LFT, las personas físicas o morales que proporcionen los servicios de subcontratación, deberán contar con registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS); para obtenerlo, deberán acreditar que se encuentran al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
La sanción para quien infrinja estas normas, de acuerdo con el artículo 1004-C de la LFT, es una multa de 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA); es decir, de $179,240.00 MN a $4,481,000.00 MN para 2021, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiera lugar de conformidad con la legislación aplicable.
La Secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde, explicó también que, a partir de estas modificaciones, las empresas contarán con un plazo de 90 días para regularizarse, por lo que antes de agosto se aplicará la ley vigente.
En la conferencia matutina del 23 de abril de 2021, el presidente Andrés Manuel López Obrador afirmó que las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo sobre la subcontratación significan logros en beneficio de las y los trabajadores.
Además, garantizan el cumplimiento de prestaciones como el reparto de utilidades que, con base en la reforma al artículo 127 de la Ley, aumentarán de 2.8 a 7.7 por ciento; es decir, la distribución pasará de 56 mil millones de pesos a 157 mil millones de pesos.
Asimismo, de acuerdo con el periódico Milenio, los principales cambios tras la reforma al outsourcing (en términos legales, la subcontratación) son más utilidades y multas más severas. Si tienes alguna duda de cómo funcionan las utilidades y su entrega, puedes leer nuestro artículo: Reparto de utilidades: ¿por qué algunos trabajadores no tienen esta prestación?
La Secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde, explicó también que, a partir de estas modificaciones, las empresas contarán con un plazo de 90 días para regularizarse, por lo que antes de agosto se aplicará la ley vigente. Asimismo, aseguró que se iniciará un proceso de diagnóstico en las dependencias de la Administración Pública Federal, para regularizar a los trabajadores subcontratados.
A pesar de que los plazos para que las empresas realizarán la transferencia de personal subcontratado a las nóminas centrales del único patrón ya venció, el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) extendió el tiempo para que las empresas que tenían ese esquema cumplan con los trámites del régimen de transición de la reforma
De acuerdo con el periódico El Economista, se presentaron dos iniciativas en el Senado de la República buscando modificar el régimen de transición de la reforma de outsourcing; mientras que el senador Ricardo Monreal Ávila (Morena) presentó la propuesta para que el periodo de transición termine el 1 de septiembre próximo, la senadora Kenia López Rabadán (PAN) solicitó ampliarlo hasta el 1 de enero de 2022.
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Fuentes:
El Economista. IMSS prorroga plazos de transición de la reforma de outsourcing hasta nuevo aviso
El Economista. Reabren debate por reforma de outsourcing; darán respiro temporal a las empresas
Milenio. Más utilidades y multas severas: estos son los cambios tras la reforma al outsourcing
Ley Federal del Trabajo (Última Reforma DOF 23-04-2021)
Enlaces de interés:
Reparto de utilidades: ¿Por qué algunos trabajadores no tienen esta prestación?
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