Entrega de datos biométricos a un padrón de gobierno

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Los datos biométricos son parte de nuestros datos personales y el derecho a la protección de datos de carácter personal es un derecho fundamental reconocido tanto internacionalmente como en nuestra Constitución Federal. En este artículo te explicamos qué son los datos biométricos y qué implica entregarlos al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.

¿Qué son los datos biométricos?

De acuerdo con El Economista, dato biométrico es toda aquella propiedad física, fisiológica, de comportamiento o rasgo de la personalidad atribuible a una sola persona y que es medible en función de que identifica o hace identificable directa o indirectamente a la persona física correspondiente.

Los datos biométricos se dividen en dos grupos:

1. Características físicas y fisiológicas:

  • Huella dactilar
  • Reconocimiento facial y de iris
  • Geometría de la mano
  • Reconocimiento de retina
  • Reconocimiento vascular

2. Características del comportamiento y la personalidad:

  • Reconocimiento de firma
  • Reconocimiento de escritura
  • Reconocimiento de voz
  • Reconocimiento de la forma de andar
  • Reconocimiento de escritura de teclado

Protección de datos personales

Para comprender el derecho a la protección de datos personales, es importante primero definir dos conceptos importantes: datos personales y aviso de privacidad.

De acuerdo con la Guía para el Tratamiento de Datos Biométricos publicada por el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI), los datos personales son aquellos que contienen cualquier información concerniente a una persona física que la identifique o que la haga identificable, expresada en forma numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o en cualquier otra forma.

De esta forma, el INAI define al aviso de privacidad como aquel documento físico, electrónico o en cualquier otro formato, a través del cual el responsable informa al titular sobre la existencia y características principales del tratamiento al que serán sometidos sus datos personales, previo a que ocurra dicho tratamiento.

El derecho a la protección de datos personales permite a los individuos tener control sobre su información personal. La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO), reconocen los derechos de los titulares respecto del tratamiento de sus datos personales. Al conjunto de estos derechos se les conoce como Derechos ARCO – acrónimo para acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Asimismo, serán sujetos obligados, en términos de la LFPDPPP, los particulares (sean personas físicas o morales) que lleven a cabo el tratamiento de datos personales. Y, de acuerdo con la LGPDPPSO, serán sujetos obligados en el ámbito federal, estatal y municipal, cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.

La protección de tus datos es un asunto muy importante, evita que caigan en manos de personas que podrían hacer mal uso de ellos. Siempre lee bien los avisos de privacidad y los términos y condiciones antes de dar acceso a tus datos personales, para que estés informado en todo momento sobre quién maneja tu información y de qué forma lo hará.

Si tienes más dudas sobre los datos personales, visita nuestro artículo: Protección de datos personales.

¿Qué implica brindar mis datos biométricos al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil?

El 16 de abril de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Por virtud de este decreto, se crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.

De acuerdo con el artículo 180 Ter de la Ley, el Padrón contendrá la siguiente información sobre cada línea telefónica móvil:

I. Número de línea telefónica móvil;

II. Fecha y hora de la activación de la línea adquirida en la tarjeta SIM;

III. Nombre completo o, en su caso, denominación o razón social del usuario;

IV. Nacionalidad;

V. Número de identificación oficial con fotografía o CURP del titular de la línea;

VI. Datos Biométricos del usuario y, en su caso, del representante legal de la persona moral;

VII.Domicilio del usuario;

VIII.Datos del concesionario de telecomunicaciones o, en su caso, de los autorizados;

IX. Esquema de contratación de la línea telefónica móvil, y

X. Los avisos que actualicen la información a que se refiere este artículo.

El licenciado Miguel Nájera, en el sitio de noticias del Tecnológico de Monterrey, dice que, si bien la nueva normativa podría representar un beneficio, al mismo tiempo la considera una reforma inconstitucional y un riesgo para los usuarios, argumentando que: el hecho de tener los datos de manera pública y obligatoria, vulnera la privacidad personal y viola artículos de nuestra constitución, lo cual la hace inconstitucional.

Si deseas tomar acciones legales para evitar dar tus datos al padrón, visita nuestro artículo: Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil ¿Puedo pedir un amparo?

Uno de los mayores riesgos: el robo de identidad

De acuerdo con la Condusef, una de las principales reclamaciones presentadas por los clientes ante las instituciones de banca múltiple es el robo de identidad o falsificación de documentos personales. Por ello, la protección de nuestros datos personales, en especial la de los datos biométricos, es esencial para evitar ser víctimas de este delito, ya que con los datos biométricos se protege el acceso a cuentas bancarias y del sistema financiero.

Samantha Rangel Coronado en la revista Foro Jurídico menciona que es fundamental que existan técnicas correctas para el resguardo de los datos biométricos, ya que ayudará a prevenir el robo de identidad, el cual se da principalmente cuando una persona obtiene de forma no autorizada los datos personales de otra persona con la finalidad de realizar compras, obtener créditos, documentos o cualquier otro beneficio financiero.

Si deseas conocer más sobre protección de datos personales o requieres asesoría jurídica, recuerda que en Contacta Abogado® encontrarás a los mejores especialistas en Protección de Datos Personales. Entra ahora y encuentra la asistencia legal que necesitas.

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Fuentes:

Diario Oficial de la Federación (16/04/2021)

El Economista: ¿Qué y cuáles son los datos biométricos?

Foro Jurídico: Uso de Datos Biométricos en el Sector Financiero

INAI: Guía para el tratamiento de Datos Biométricos

Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados

Reporte Nacional de Inclusión Financiera (2018)

¿Qué implica compartir mis datos biométricos en el padrón celular?

Enlaces de interés:

Contacta Abogado: Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil: ¿Puedo pedir un Amparo?

Contacta Abogado: Protección de datos personales

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