¿Qué es el Sistema Nacional de Transparencia?

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El 4 de mayo de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y fue reformada por última vez el 20 de mayo de 2021.

El Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales tiene como objetivo la organización de los esfuerzos de cooperación, colaboración, promoción, difusión y articulación permanente en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, de conformidad con la normatividad aplicable. ¿Quieres saber cómo funciona? A continuación, te lo decimos.

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Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

El 4 de mayo de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y fue reformada por última vez el 20 de mayo de 2021. Este ordenamiento legal se encarga de regular la integración, organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Transparencia en México.

El artículo 30 de la LGTAIP establece que son parte integrante del Sistema Nacional de Transparencia:

I. El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI);

II. Los Organismos garantes de las Entidades Federativas;

III. La Auditoría Superior de la Federación (ASF);

IV. El Archivo General de la Nación (AGN), y

V. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Uno de los principales propósitos de la Ley de Transparencia es que debe promover e implementar acciones para garantizar condiciones de accesibilidad para que los grupos vulnerables puedan ejercer, en igualdad de condiciones y el derecho de acceso a la información.

¿Cómo funciona el SNT?

En el artículo 31 de la citada Ley se señalan las funciones del Sistema Nacional de Transparencia, las cuales son:

I. Establecer lineamientos, instrumentos, objetivos, indicadores, metas, estrategias, códigos de buenas prácticas, modelos y políticas integrales, sistemáticas, continuas y evaluables, tendientes a cumplir con los objetivos de la presente Ley;

II. Promover e implementar acciones para garantizar condiciones de accesibilidad para que los grupos vulnerables puedan ejercer, en igualdad de condiciones, el derecho de acceso a la información;

III. Desarrollar y establecer programas comunes de alcance nacional, para la promoción, investigación, diagnóstico y difusión en materias de transparencia, acceso a la información, protección de datos personales y apertura gubernamental en el país;

IV. Establecer los criterios para la publicación de los indicadores que permitan a los sujetos obligados rendir cuentas del cumplimiento de sus objetivos y resultados obtenidos;

V. Coadyuvar en la elaboración, fomento y difusión entre los sujetos obligados de los criterios para la sistematización y conservación de archivos que permitan localizar eficientemente la información pública de acuerdo a la normatividad en la materia;

VI. Establecer lineamientos para la implementación de la Plataforma Nacional de Transparencia de conformidad con lo señalado en la presente Ley;

VII. Establecer políticas en cuanto a la digitalización de la información pública en posesión de los sujetos obligados y el uso de tecnologías de información y la implementación de Ajustes Razonables, que garanticen el pleno acceso a ésta;

VIII. Diseñar e implementar políticas en materia de generación, actualización, organización, clasificación, publicación, difusión, conservación y accesibilidad de la información pública de conformidad con la normatividad aplicable;

IX. Promover la participación ciudadana a través de mecanismos eficaces en la planeación, implementación y evaluación de políticas en la materia;

X. Establecer programas de profesionalización, actualización y capacitación de los Servidores Públicos e integrantes de los sujetos obligados en materia de transparencia, acceso a la información pública, así como de protección de datos personales;

XI. Emitir acuerdos y resoluciones generales para el funcionamiento del Sistema Nacional;

XII. Aprobar, ejecutar y evaluar el Programa Nacional de Transparencia y Acceso a la Información;

XIII. Promover el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en toda la República mexicana;

XIV. Promover la coordinación efectiva de las instancias que integran el Sistema Nacional y dar seguimiento a las acciones que para tal efecto se establezcan, y

XV. Las demás que se desprendan de esta Ley.

Como se puede observar en lo descrito por la ley en cuanto a sus funciones, tenemos que a grandes rasgos el papel del SNT es regular las normas existentes en cuanto transparencia del Estado, capacitar a los funcionarios públicos en materia de acceso a la información pública y el cuidado de los datos personales.

Te invitamos a leer el artículo Protección de datos personales para saber más de este importante tema.

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Fuentes:

Consejo Nacional del SNT. Sistema Nacional de Transparencia

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

SNT. Sistema Nacional de Transparencia






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